La costumbre machista del acoso a mujeres, en vía pública, otros espacios de acceso público, y transporte remunerado de personas, se ha convertido, en Costa Rica, en delito que, desde ahora, se castiga con penas que van desde multa hasta cárcel, de acuerdo con lo establecido en la nueva Ley contra el Acoso Sexual Callejero.
La legislación, que tuvo, el 14 de julio, aprobación parlamentaria, implica que ese hábito -una forma de agresión de género históricamente padecida por las mujeres- deja de ser una costumbre socialmente aceptable, planteó, minutos después de votado favorablemente el texto en la asamblea legislativa -el parlamento unicameral nacional-, la ministra de la Condición de la Mujer y presidenta ejecutiva del Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu), Patricia Mora.
La nueva ley, aprobada en el segundo de los dos reglamentarios debates legislativos, aportará a la construcción de una sociedad más respetuosa, planteó, por su parte, el presidente costarricense, Carlos Alvarado.
Aprobado con el voto favorable de los 48 diputados presentes -del total de 52 integrantes del organismo legislativo-, el texto tipifica el delito de “acoso sexual callejero”, al que define como “toda conducta con connotación sexual y con carácter unidireccional, sin que medie el consentimiento ni aceptación de la persona a la que está dirigida con potencial de causar molestia, malestar, intimidación, humillación, inseguridad, miedo y ofensa”.
También lo define como una acción “que proviene generalmente de una persona desconocida para quien la recibe y que tiene lugar en espacios públicos o de acceso público”.
Las penas establecidas implican desde 10 meses hasta un año de cárcel para quien grabe un video de otra persona con connotación sexual.
En el caso de que las imágenes sean compartidas con otras personas, el castigo asciende hasta tres años de prisión.
Además, acciones tales como acorralamiento o persecución de la víctima, en espacios públicos, sin su consentimiento, implica pena de ocho meses a un año de cárcel.
Por otra parte, cuando el hostigamiento consista en exhibicionismo o masturbación, palabras, silbidos, gemidos, jadeos, gestos, o ademanes ofensivos, será sancionaos con multa o cárcel hasta por un año.
Se considera como elementos agravantes el hecho de que la víctima sea menor de edad, o anciana, o padezca alguna discapacidad.
También lo es el hecho de que quien comete el delito sea reincidente.
“En un contexto pandémico, muchas personas tienen temor de salir a la calle, u otros espacios públicos, sin embargo, para las mujeres, este miedo no es nuevo”, señaló Mora, en alusión a la emergencia sanitaria nacional generada por la pandemia mundial del nuevo coronavirus, causante de la Enfermedad Coronavirus 2019 (Coronavirus Disease 2019, Covid-19) -que está golpeando, desde el inicio de marzo, a Costa Rica-.
“El acoso sexual callejero no es inofensivo, es violencia contra las mujeres y sus cuerpos, y ya no podremos seguir justificando, naturalizando ni minimizando esta conducta machista y cotidiana”, aseguró la ministra, una ex legisladora (2014-2018) por el izquierdista Frente Amplio (FA), citada en un comunicado del Inamu.
“Las mujeres tienen derecho a caminar en libertad y sin miedo”, expresó Mora, quien subrayó que “la ciudad también es de las mujeres”.
“Pero mientras avanzamos hacia el cambio cultural, hasta conseguir que la sociedad desnaturalice el acoso sexual callejero, el Estado debe asegurar el acceso de las mujeres a la justicia”, reflexionó.
En el comunicado, el Inamu indicó que “insta a todas las personas a jugar un rol activo en detectar, denunciar y detener el acoso callejero”.
Por su parte, Alvarado expresó, en redes sociales, que “hoy la Asamblea Legislativa aprobó en segundo debate el proyecto de Ley contra el Acoso Sexual Callejero”.
“Agradezco al Congreso y a todas las mujeres que trabajaron para hacer posible esta iniciativa, que pronto será ley y contribuirá a construir una sociedad más respetuosa”, agregó el mandatario, quien debe firmar el texto, para que entre en vigencia.
En materia de agresión general hacia las mujeres, datos del Poder Judicial costarricense indican que, durante el primer trimestre de este año, los Juzgados de Violencia Doméstica recibieron, a nivel nacional, unos 14 mil casos, frente a los algo más de 12 mil correspondientes al año pasado.
En cuanto a los femicidios -la manifestación más brutal de la violencia de género-, el Observatorio de Violencia de Género contra las Mujeres y Acceso a la Justicia, del Poder Judicial, registraba, a mediados de mayo de este año, cinco tales crímenes -de un total de 22 homicidios de mueres-, mientras para los doce mese de 2019 contabilizó 14 femicidios -de 50 homicidios cometidos contra mujeres-.