A lo largo de la historia, la posición de poder dentro de una organización le ha correspondido en su mayoría a personas del género masculino, de ahí que el porcentaje de mujeres como víctimas sea mayor.
El acoso sexual es una conducta no deseada de naturaleza erótica en el lugar de trabajo, que hace que la persona se sienta ofendida, humillada y/o intimidada. Es un término relativamente reciente que describe un problema antiguo, así lo define la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Aunque tanto hombres como mujeres pueden experimentarlo, los estudios ponen en relieve que la mayoría son mujeres, más vulnerables las jóvenes, una económicamente dependiente, soltera o divorciada y con estatus de inmigrante.
Para Laura Fernández, Abogada y especialista en derecho laboral, a lo largo de la historia la posición de poder dentro de una organización empresarial les ha correspondido en su mayoría a personas del género masculino, de ahí que el porcentaje de mujeres como víctimas sea mayor.
Pero también influye el factor social, que cohíbe al hombre a reportarse como víctima de una mujer, sobre todo cuando se trata de una mujer con una posición más alta dentro de la empresa, ya que socialmente no está bien visto, dijo la abogada.
Consecuencias psicológicas como laborales pueden presentarse tanto para las víctimas como para los acosadores, el estrés, depresión y hasta baja autoestima son algunos de ellos, sin embargo pese a que muchas veces este inconveniente puede llegar a dañar la salud, muchas personas no se animan a denunciarlo por temor a las represalias.
Como expresa la abogada, la mayoría de las veces a las personas les da temor denunciar por perder su trabajo, ya que se consideran débiles y creen que van a carecer de apoyo por parte de la empresa, sobre todo en aquellos casos donde se trata de un jefe a su subalterno(a).
El acoso u hostigamiento sexual está prohibido en Costa Rica y por ley se les exige a todas las empresas que deberán velar para que dentro de ellas no ocurra. Se les exige que tengan una política de prevención, un procedimiento para que las víctimas denuncien, un órgano de investigación, que divulguen la política y sobre todo, que cumplan con el deber de investigar y sancionar a quienes cometen tales actos, explicó Fernández.
Además es importante saber que la ley Costarricense ampara a toda víctima, en el año 1995 se publicó la Ley 7476, denominada contra el hostigamiento sexual en el empleo y la docencia, y tal y como lo establece su artículo 2, tiene como objetivo “prevenir, prohibir y sancionar el hostigamiento sexual como práctica discriminatoria por razón de sexo, contra la dignidad de las mujeres y de los hombres en el ámbito de trabajo y educativo, en el sector público y el sector privado.”
Pero se debe tener cuidado, pues como lo menciona la profesional, el que está al “otro lado de la moneda”, el posible “acosador” en caso de denuncias falsas, la ley igualmente lo ampara, el artículo 16 estipula que quien denuncie falsamente una conducta de hostigamiento sexual, podrá incurrir, en cualquiera de las conductas propias de la difamación, la injuria o la calumnia, reguladas por nuestro Código Penal.
¿Cómo saber en qué momento denunciar?
De acuerdo con la normativa, el momento indicado para denunciar sería cuando sea víctima de cualquier de los siguientes comportamientos:
-Amenazas, implícitas o expresas, físicas o morales, de daños o castigos referidos a la situación, actual o futura, de empleo o de estudio de quien las reciba.
-Exigencia de una conducta cuya sujeción o rechazo sea, en forma implícita o explícita, condición para el empleo.
-Uso de palabras de naturaleza sexual, escritas u orales, que resulten hostiles, humillantes u ofensivas para quien las reciba.
-Acercamientos corporales u otras conductas físicas de naturaleza sexual, indeseada y ofensiva para quien los reciba.
Ante una situación como esta, la persona debe recurrir al procedimiento interno que toda empresa está obligada a tener; en caso contrario, podría interponer una denuncia ante la Dirección General de Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social o bien ante la vía judicial, finalizó la Licenciada.
Tome en cuenta que la única persona que puede detener esto es usted misma denunciándolo.
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