En el marco de la severidad con la cual criminaliza el aborto-cualquiera sea la causa-, la justicia aplicó, en una sentencia sin precedente, la pena máxima de cincuenta años de prisión

El delito que le fue tipificado es el de “homicidio agravado”, que es como la legislación penal salvadoreña etiqueta el aborto, el que penaliza con un de condena que va de 30 a 50.

Las sentencias se habían mantenido, hasta ahora, en el también brutal nivel más bajo, con excarcelaciones antes del cumplimiento de la condena, en varios casos.

La emergencia obstétrica ocurrió la noche del 17 de junio de 2020, cuando Lesly Ramírez, entonces de 19 años, dio a luz, en la precariedad de la letrina de su vivienda, en la localidad de la zona del Volcán de San miguel -también conocido como Volcán Chaparrastique-, en el oriental salvadoreño de San Miguel, fronterizo con Honduras.

Ante la emergencia, familiares de la joven se comunicaron con agentes policiales del lugar, quienes la condujeron a un hospital en la zona, donde la detuvieron, la acusaron de haber provocado el aborto, y la esposaron a una cama.

El 26 de junio -nueve días después de la emergencia-, debió comparecer en audiencia judicial, lo que no fue posible debido a la precariedad de su salud -a causa de la hemorragia que venía de sufrir-

No obstante la dramática coyuntura en que se hallaba la mujer, un juez le impuso la medida cautelar de prisión preventiva.

Algo más de dos años después, el 29 de junio de 2022, fue condenada a 50 años de cárcel.

Al denunciar, detalladamente el caso, la no gubernamental Agrupación Ciudadana para la Despenalización del Aborto Terapéutico, Ético y Eugenésico (Acdatee), contextualizó el caso, explicando que la víctima del machista sistema judicial salvadoreño es “la tercera de siete hermanos”, cuya familia -en pobreza extrema-, sobrevive desempeñando labores rurales.

Las condiciones habitacionales del grupo son de máxima precariedad -la vivienda carece de servicios básicos, tales como los de agua potable y energía eléctrica-, de acuerdo con lo señalado por la Acdatee.

La joven cursó estudios hasta apenas sétimo grado de enseñanza primaria, ya que debió hacerse cargo del cuidado de sus hermanos menores, según la misma fuente.

En cuanto a la emergencia obstétrica, la agrupación relató, en el comunicado, que, a causa de su bajo nivel de escolaridad, y careciendo, absolutamente, de educación sexual -siquiera básica-, la joven “desconocía lo que estaba sucediendo en su cuerpo”.

De modo que, cuando, “el 17 de junio de 2020, a las 9:30 de la noche, tuvo una emergencia obstétrica en su casa, sintió deseo de defecar, y, sin saberlo, comenzaba el trabajo de parto”, agregó la Acdatee.

Al citar a Ramírez, la oenegé feminista indicó que “ella sentía que algo salía, (pero que) estaba oscuro, y no lograba ver lo que expulsaba”, razón por la cual “entró en pánico”.

“Todo era confuso, ya que era primeriza”, puntualizó la organización que lucha por la despenalización del aborto.

La Fiscalía General de la República (FGR) basó la acusación sobre la suposición de que el embarazo de Ramírez estaba considerablemente avanzado, pero la afectada no fue sometida a peritaje alguno, denunció, además, la oenegé.

La FRG aseveró, además, que, según prueba aportada, durante el proceso judicial, por los fiscales asignados al caso, la bebé nació viva, pero falleció como consecuencia de “degüello por herida tipo contuso-cortante, producido con arma blanca”, según la misma fuente.

Asimismo, que la mujer “ocultó su embarazo, a los familiares, y tuvo un parto extrahospitalario, en el que dio a luz a una niña que nació con vida”.

También, “que, a través del reconocimiento forense, se estimó que tenía entre las 37 y 40 semanas de gestación”.

Respecto al caso, la presidenta de la Acdatee, Morena Herrera, cuestionó, en declaraciones a medios de comunicación internacionales, en los días inmediatamente siguientes a la condena, el arbitrario procedimiento que siguieron las autoridades lo mismo policiales que judiciales siguieron.

“Se cometieron irregularidades, en el proceso judicial, contra Lesly, dado que el juez del caso no admitió peritajes de la defensa, ni un estudio socioeconómico del Instituto de Medicina Legal, ni un estudio psicológico en el que se recomendaba someter a la acusada a un análisis psiquiátrico”, denunció Herrera, en diálogo con la British Broadcasting Corporation (BBC).

“El juez, tiene criterios o juicios de antemano, tiene la posición de que ella asesinó a la criatura, y no hay márgenes para que mueva su opinión”, continuó planteando.

“El problema es que hay jueces y fiscales que, sin haber conocido el fondo de las historias, ya emiten juicio”, indicó, además, a la emisora británica.

Citada en el comunicado de la Acdatee, Herrera subrayó que “el Estado salvadoreño, una vez más, continúa ensañándose con las mujeres que no han tenido derecho, ni condiciones, para defenderse.

Al respecto, en declaraciones reproducidas por el diario español El País, la activista advirtió que la desproporcionada condena contra la joven, es secuela del fallo, en junio de este año, emitido por la Corte Suprema de Estados Unidos (Supreme Court of the United States, Scotus), eliminando el aborto, como derecho constitucional, en el país norteamericano. La sentencia se refirió al caso conocido como Roe v. Wade.

Foto: RODNAE Productions