Los centros nocturnos y los bares tienen la obligación, mediante la recientemente promulgada ley de creación del protocolo “No es No” (“Não é Não”), de prevenir el hostigamiento sexual, así como de proporcionar, a las víctimas de hostigamiento machista, la necesaria protección
El instrumento legal también creó el sello “No es No – Mujeres Seguras” (“Não é Não – Mulheres Seguras”), para los establecimientos de esa naturaleza que cumplan las disposiciones contenidas en la Ley 14.786, firmada, el 28 de diciembre de 2023, por el presidente brasileño, Luiz Inácio “Lula” da Silva.
La nueva legislación entrará en vigencia, 180 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión (Diário Oficial da União), lo que ocurrió el 29 de diciembre.
La disposiciones contenidas en el texto de doce artículos, no son aplicables a las actividades de naturaleza religiosa.
El primero, establece la creación del “protocolo ‘No es No’, para la prevención del hostigamiento y de la violencia contra la mujer, y para protección de la víctima”, además de que “instituye el sello ‘No es No – Mujeres Seguras’”.
En el segundo, determina que “el protocolo ‘No es No’ será implementado en el ámbito de establecimientos nocturnos y de discotecas, en espectáculos musicales realizados en locales cerrados, y en shows, con venta de bebidas alcohólicas”.
Ello, para promover la protección de las mujeres, y para prevenir o enfrentar el hostigamiento y la violencia contra ellas”, de acuerdo con lo precisado en la misma disposición.
El artículo, aclara, además, que “lo dispuesto en esta ley, no se aplica a cultos ni a otros eventos realizados en locales de naturaleza religiosa”.
La nueva ley incluye, asimismo, un breve glosario.
“Para los fines de esta Ley, se considera (…) hostigamiento: cualquier insistencia física o verbal, sufrida por la mujer después de manifestado su desacuerdo con la interacción”, además de que se define, como “violencia: el uso de fuerza que tenga como resultado lesión, muerte, o daño, entre otros, de acuerdo con la legislación penal en vigencia”, de acuerdo con las definiciones oficiales.
La herramienta legal también establece una serie de principios -cuatro, en total- a ser observados “en la aplicación del protocolo ‘No es No’”.
Se trata de “respeto al relato de la víctima acerca del hostigamiento o de la violencia sufrida”, así como “preservación de la dignidad, de la honra, de la intimidad, y de la integridad física y psicológica de la víctima”.
Igualmente, “celeridad en el cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley”, a lo que se suma “articulación de esfuerzos públicos y privados para hacer frente al hostigamiento y a la violencia contra la mujer”.
El texto enumera, asimismo, “derechos de la mujer” a ser respetados en el contexto de la atención a situaciones de abuso machista en los lugares señalados.
La serie de ocho garantías así oficializadas, incluye el derecho a “ser prontamente protegida por el equipo del establecimiento, con el propósito de que pueda relatar el hostigamiento o la violencia sufridos”.
También, “ser informada sobre sus derechos”, así como “ser inmediatamente apartada y protegida del agresor”.
Asimismo, “que sean respetadas sus decisiones en relación con las medidas de apoyo previstas en esta Ley”, y “que las disposiciones previstas en esta ley, sean cumplidas con celeridad”.
Se prevé, igualmente, que, una vez cometida la agresión, la víctima “sea acompañada por una persona de su elección”.
De acuerdo con la misma enumeración -contenida en el quinto artículo-, la mujer quien ha recibido el abuso, tiene derecho a “definir si sufrió hostigamiento o violencia”.
Esto, “para los efectos de las medidas previstas en esta Ley”.
Igualmente, “se acompañada hasta su (medio de) transporte, en el caso de salir del local”.
Los responsables de los establecimientos cubiertos por las nuevas disposiciones, encuentran, en el sexto artículo, el instructivo -de seis puntos y varios incisos- sobre sus obligaciones en casos de abuso machista.
Esos deberes incluyen “asegurar que en su equipo haya por lo menos una persona calificada para atender el protocolo ‘No es No’”, lo mismo que “mantener, en lugares visibles, información sobre la manera de activar el protocolo ‘No es No’, y los números telefónicos de contacto de la Policía Militar (Polícia Militar) y de la Central de Atención a la Mujer – Línea 180 (Central de Atendimento à Mulher – Ligue 180)”.
De igual manera, “asegurarse, con la víctima, cuando se observa una posible situación de hostigamiento, sobre la necesidad de ayuda, según la aplicación de las medidas previstas en (…) esta Ley, para hacer cesar el hostigamiento”.
Para los casos en los que “hubiese indicios de violencia”, el manual prevé “proteger a la mujer y proceder con las medidas de apoyo previstas en esta Ley”, “apartar a la víctima del agresor, inclusive de su alcance visual, lo que faculta, a ella, tener el acompañamiento de una persona de su elección”, además de “colaborar con la identificación de posibles testimonios del hecho”.
Sumado a lo anterior, “solicitar la comparecencia de la Policía Militar o de un agente público competente”, y “aislar el lugar específico donde existan vestigios de violencia, hasta la llegada de la Policía Militar o del agente público competente”.
Por otra parte, en el caso de que el establecimiento disponga de cámaras de seguridad, los responsables del lugar deben “garantizar el acceso, a las imágenes, a la Policía Civil, el peritaje oficial, y a los directamente involucrados”, lo mismo que “preservar, por el período máximo de 30 (treinta) días, las imágenes relacionadas con lo ocurrido”.
También se determina la obligación, de quienes estén a cargo del establecimiento, de “garantizar todos los derechos de la denunciante previstos en (…) esta Ley”.
En el noveno artículo se determina la creación del sello “No es No – Mujeres Seguras”.
En cuanto a la capacidad de decisión de los responsables de aquellos establecimientos cubiertos por la nueva ley y que hayan obtenido el sello, las disposiciones los facultan a implementar medidas tales como “adoptar acciones que juzguen factibles para preservar la dignidad y la integridad física y psicológica de la denunciante y para apoyar la actuación de los órganos de salud y de seguridad pública eventualmente activados”.
Además, les permite “retirar, al ofensor, del establecimiento e impedir su reingreso hasta el término de las actividades (oficiales), en los casos de hostigamiento”, lo mismo que “crear un código propio, divulgado en los sanitarios femeninos”.
Lo segundo, “para que las mujeres puedan alertar, a los empleados, sobre la necesidad de ayuda, para que ellos tomen las medidas necesarias”.
La legislación igualmente prevé, por parte de las autoridades pertinentes, la promoción de “campañas educativas sobre el protocolo ‘No es No’”, así como “acciones de formación periódica para la concientización y la implementación del protocolo (…) dirigidas a los empresarios y a los trabajadores de los establecimientos previstos en esta Ley”.
En materia de violencia de género, Brasil presenta un preocupante cuadro de situación, de acuerdo con los datos que el no gubernamental Foro Brasileño de Seguridad Pública (Fórum Brasileiro de Segurança Pública, Fbsp) dio a conocer, en noviembre, para la primera mitad de 2023.
En su informe “Violencia contra niñas y mujeres en el 1er semestre de 2023 (“Violência contra meninas e mulheres no 1º Semestre de 2023”), el Fbsp denunció, citando datos de fuentes oficiales, “el crecimiento de los femicidios, de las violencias sexuales, de las agresiones en reincidencia de violencia doméstica”.
“Los números muestran que el Estadio brasileño sigue fallando en la tarea de proteger a sus niñas y mujeres”, aseguró, en el texto de tres extensos capítulos contenidos en 24 páginas.
A manera de ejemplo, señaló, en la parte introductoria, que “los femicidios y homicidios femeninos tuvieron crecimiento de 2.6% este año (2023), cuando se lo compara con el mismo período del año pasado”.
Al abordar, en el segundo capítulo, la “Violencia Letal contra las Mujeres” ( “Violência Letal Contra as Mulheres”), el foro precisó que “en el primer semestre de 2023, 722 mujer3es fueron víctimas de femicidio en Brasil, aumento de 2.6%, comparado con el mismo período del año anterior, cuandon704 mujeres fueron asesinadas por razones de género”.
Al presentar datos comparativos -para primeros semestres- de lo que va de la presente década, la oenegé informó que la tendencia en materia de femicidios es ascendente, habiendo pasado de 664 en 2020, a 677 en 2021, a 704 en 2022, y a 722 en 2023.