La carta de Mandén, redactada en 1235, en su artículo 16, señala que las mujeres deben ser asociadas a todas las gerencias, lo que hoy llamaríamos la promoción del empoderamiento femenino.

Cuenta la historia que en 1235, cerca de Kangaba (antes Ka-Ba), en la República de Malí en África Occidental, se escribió la carta de Mandén (Kouroukan Fouga), la constitución del imperio de Malí que prevaleció hasta el 1670. La carta, considerada  como una de las primeras declaraciones de derechos humanos, fungió como una exposición de leyes que regirían al pueblo, fijando las reglas básicas de convivencia armoniosa, con la intención de evitar la guerra. En el 2009 fue inscrita como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad por la Unesco.

Cabe destacar que la Kouroukan Fouga como la conocemos hoy en día, es el producto de una tradición oral que se ha transmitido por generaciones, además de estar escrita en forma poética, por lo que las traducciones disponibles pueden variar un poco si bien los conceptos básicos han prevalecido.

Su contenido, que está conformado por 44 decretos o artículos, y que afirma la total oposición al sistema de esclavitud, posee las siguientes máximas a manera de encabezado.

  1. Toda vida es una vida.
  2. El daño requiere reparación.
  3. Practica la ayuda mutua.
  4. Cuida de la patria.
  5. Elimina la servidumbre y el hambre.
  6. Que cesen los tormentos de la guerra.
  7. Cada quien es libre de decir, de hacer y de ver.

Lo interesante de la Carta de Mandén es su pensamiento y posición de inclusión en el respeto a los derechos de todos los miembros de la sociedad, incluyendo a las mujeres, en una época en que la igualdad era todavía era impensable.

En su artículo 4, la Carta divide a la sociedad en grupos de misma edad conformados por hombres y mujeres, aclarando que se debe invitar a los miembros de la clase intermedia entre la gente joven y vieja, a participar en la toma de decisiones importantes referentes a la sociedad.

El artículo 9 hace responsable de la educación de los niños a todos los miembros de la sociedad. El 14 prohíbe ofender a las mujeres y madres.

Un artículo peculiar es el 16, que señala que las mujeres, aparte de sus ocupaciones diarias, deben colaborar en todas las gestiones, lo que hoy llamaríamos la promoción del empoderamiento femenino.

En el artículo 30, el divorcio es admitido si el hombre es impotente, o por si uno de los esposos padece de locura, o por la incapacidad del marido de asumir las obligaciones conyugales. El artículo 31 insta a ayudar a los que estén en necesidad, incluso en el artículo 36 justifica el robo si es para satisfacer el hambre, mientras no se trate de hurto de un bolso o bolsillo.

Sobre la preservación de la naturaleza, el  artículo 38 dice que antes de prender fuego al arbusto, «no mire la tierra, sino que levante su cabeza en dirección a la copa de los árboles para ver si no llevan las frutas o las flores”.

En las disposiciones finales, la Carta de Mandén en su artículo 40 insta a respetar el parentesco, la unión y la vecindad.

Más de 780 años después de su redacción, la Carta de Mandén, posee artículos que superan leyes absurdas y discriminatorias en países como India, en donde las mujeres que pierden a sus maridos quedan despojadas de estatus social; en Indonesia para poder trabajar las mujeres deben tener una autorización de su padre o esposo. En Nigeria, en el Estado de Kano, ellas pueden ser castigadas o penalizadas por la participación en deportes o actos públicos, y en Arabia Saudita, ​la palabra del hombre equivale al doble del testimonio de una mujer.

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