Los derechos de las trabajadoras serán protegidos en la legislación laboral temporal de emergencia, recientemente aprobada en Costa Rica, como una de las medidas gubernamentales que, en diferentes áreas, apuntan a hacer frente a la crisis sanitaria causada, en el país centroamericano, por la pandemia del coronavirus –COVID-19-, informó el costarricense Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu).

La legislación –de vigencia inicial por tres meses-, aprobada el 21 de marzo, prevé, entre sus principales disposiciones, la reducción de jornadas laborales, y, consecuentemente, de salarios, en el sector privado.

Se trata de una serie de acciones afirmativas –que apuntan al respeto a los principios de igualdad y no discriminación- impulsadas por el Inamu, a iniciativa de su directora ejecutiva y ministra de la Condición de la Mujer, Patricia Mora, que fueron incorporadas a la legislación temporal, señaló el Inamu, en un comunicado.

Mora “realizó una serie de gestiones para asegurar que la ley que autoriza la reducción de jornadas de trabajo en el marco de la emergencia nacional producida por el coronavirus COVID-19, incluya acciones afirmativas para mujeres en condiciones de vulnerabilidad”, informó el instituto, en el texto difundido por su Unidad de Comunicación.

“El INAMU también abogó por el respeto a los principios de igualdad y no discriminación en los procesos de selección de las personas trabajadoras para la aplicación de estas medidas”, en particular en lo que tiene que ver con el sector laboral femenino más vulnerable, agregó, en el comunicado de 11 párrafos.

Al precisar que la incorporación de las medidas a favor de las trabajadoras fue posible “con apoyo de legisladores y legisladoras”, la entidad indicó que “se prohíbe expresamente aplicar la reducción de la jornada y de los salarios o la suspensión del contrato de trabajo a mujeres embarazadas y/o en período de lactancia”.

Asimismo, “en ningún caso las medidas podrán afectar las prestaciones que reciben las mujeres por licencias de maternidad, incapacidades médicas, incapacidades por riesgos del trabajo o licencias para cuido de personas dependientes enfermas”, agregó.

Igualmente, “se prohíbe aplicar la reducción de la jornada y de salarios con fines discriminatorios o como represalia en perjuicio de las personas trabajadoras”, señaló, para precisar que “esto incluye que cuando la reducción de jornada de trabajo se aplique a unos puestos y a otros no, deberá hacerse de forma proporcional entre hombres y mujeres, es decir, la medida no podrá aplicarse en mayor proporción a las mujeres”.

De acuerdo con lo explicado por autoridades gubernamentales, así como por dirigentes del sector empresarial privado, el propósito central del texto aprobado el 21 de marzo es el de evitar despidos.

La ley prevé que, cuando los ingresos de las empresas se reduzcan en 20 por ciento, como mínimo, por causa de la emergencia, los empleadores afectados podrán solicitar, al Ministerio de Trabajo, autorización para reducir, hasta en 50 por ciento, la jornada laboral.

También indica que, en el caso de los ingresos bajen más de 60 por ciento, la solicitud de reducción de la jornada laboral podrá aplicarse por un máximo de 75 por ciento.

Cuando se trate de despidos, las respectivas indemnizaciones serán calculadas según el salario completo que cada trabajador afectado venía devengando, de acuerdo con lo previsto en la ley que es prorrogable, por dos períodos, más allá de los tres meses previstos inicialmente para su vigencia.

El instituto advirtió, asimismo, en el comunicado, que estará vigilante en cuanto a que los derechos de las trabajadoras sean respetados, sin perjuicio del contexto de crisis en que se encuentra Costa Rica.

“El INAMU velará porque en tiempos de emergencia nacional se actúe con responsabilidad social en respeto de los derechos laborales y humanos de las mujeres”, aseguró, en el texto que emitió dos días después de aprobada la legislación sobre flexibilización laboral.

También expresó voluntad de trabajar conjuntamente con las autoridades gubernamentales responsables del sector laboral.

“Estamos en la mejor disposición de apoyar a las autoridades del Ministerio de Trabajo y su Inspección Laboral para asegurar que las autorizaciones, la formulación del manual de procedimientos y los procesos de selección en el acceso a los subsidios garanticen criterios con perspectiva de género, de igualdad y no discriminación contra las mujeres”.

De acuerdo con los más actualizados datos del Ministerio de Salud –al mediodía del 23 de marzo-, lo casos confirmados de coronavirus, en Cota Rica, eran 158, de los cuales, 68 corresponden a mujeres –lo que representa 43 por ciento- frente a 90 hombres (57 por ciento).