Pensamos en esas esposas, novias o amigas que le envían fotos o videos con contenido sexual a su pareja, amparadas en que la relación amorosa les garantizará la confidencialidad de la imagen.
Estamos en una época donde el internet se convirtió en una herramienta de uso cotidiano, ya sea para trabajar, estudiar o simplemente por entretenimiento. Aunque es bien sabido, que solo tenemos acceso a una parte de este enorme ciber espacio, pocas veces somos conscientes de lo peligroso que puede ser esta invención tecnológica.
Como mujeres tenemos derecho a la intimidad amparándonos desde la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Constitución Política, así como el Código Penal y su Ley contra los Delitos Informáticos. Pero no podemos ignorar, que la Redes Sociales han repercutido en un cambio de costumbres en la sociedad, con respecto a la confidencialidad de las imágenes que en ella se publican.
Para muestra un botón. Aquella denigrante situación en la que se vio envuelta la presentadora y empresaria Marilyn Gamboa cuando comenzaron a circular una serie de fotos intimas, las cuales fueron sustraídas de una computadora que le fue robada tiempo atrás.
«Es de su conocimiento que en los últimos días he sido ultrajada, denigrada… Han violentado mis derechos como ciudadana y cruelmente han atentado una vez más mi género. Yo soy parte también en esa cita que suelen rezar «que a una mujer no se toca ni con el pétalo de una rosa»; sin embargo, hoy puedo decir que me han apaleado” fueron declaraciones de Gamboa en un medio nacional luego del hecho.
El Instituto Nacional de la Mujeres (INAMU) fue parte de los que se unió al dolor de la presentadora y alzaba la voz para que los receptores de dichas imágenes salieran de ese círculo mediático señalando “que esta situación no era más que un ejemplo de violencia promovido por una población machista”.
Este particular caso hizo eco sobre lo vulnerables que podemos ser con las imágenes o documentos que se manejen a nivel personal en la laptop, celular o cualquier otro dispositivo de almacenaje, lo que incentivó a muchas mujeres a ser mas cuidadosas con la información personal que no quieren que salga a la luz pública.
Nos cuestionamos entonces, cuál era el proceso a seguir cuando la imagen se publica sin nuestro consentimiento. Pensamos en esas esposas, novias o amigas que le envían fotos o videos con contenido sexual a su pareja, amparadas en que la relación amorosa les garantizara la confidencialidad de la imagen.
La abogada Andrea Calderón Saavedra, nos explicó el proceso legal en caso de ser víctimas de un hecho como el vivido por Gamboa, y sobre las consecuencias a las que se enfrentaría el divulgador del contenido.
Lo ideal comenta Calderón, es tener al menos una sospecha de quien pudo haber originado la divulgación, pues para interponer la denuncia el Juzgado Penal solicita datos del denunciante y denunciado, números de identificación o nombre completo, domicilio para ser notificado. Una vez relatado lo sucedido la Corte deberá programar una audiencia con ambas partes para tratar de resolver lo acontecido. Tome en cuenta aplicar la filosofía de Rousseau que recitaba así “la paciencia es amarga, pero sus frutos son dulces”.
El caso en primera instancia sería acogido bajo la figura de injurias que responde a aquella expresión que lesiona la dignidad de una persona perjudicando su reputación o atentando contra su propia estima, para ello el Código Penal establece en su Titulo “Delitos contra el honor” artículo 145 que “será reprimido con diez a cincuenta días multa el que ofendiere de palabra o de hecho en su dignidad o decoro, a una persona, sea en su presencia, sea por medio de una comunicación dirigida a ella”.
Por su parte, la Ley Contra los Delitos Informáticos, decreto del gobierno anterior reformó varios artículos estableciendo prisión de tres a ocho años a quien se apodere, modifique, interfiera, acceda, copie, transmita, publique, difunda, recopile, inutilice, intercepte, retenga, venda, compre, desvíe datos para un fin distinto para el que fueron recolectados en beneficio propio o de un tercero, y sin la autorización del titular.
La ley existe y ampara hechos como el de Gamboa, y el muchas mujeres que se encuentran el anonimato ya sea por miedo, vergüenza o falta de información, sin embargo, la normativa legal es inerte si no se denuncia el delito, tome en cuenta que su intimidad es un derecho, pero denunciar es su deber.