Históricamente, la participación femenina en puestos de elección popular ha sido en espacios llamados de relleno. A las mujeres no se les ha dado el lugar que les corresponde en igualdad de condiciones con respecto a los hombres.
En las fotografías de concejos municipales, por lo general colocadas en las salas de sesiones, poco a poco va apareciendo más la figura femenina. En diciembre de 2010, se celebraron las elecciones municipales donde se eligieron los puestos de alcaldes, vicealcaldes, síndicos y concejales de distrito; los regidores fueron elegidos en las elecciones presidenciales en febrero de 2010.
Según datos estadísticos de la página de internet del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), la realidad de los ochenta y un cantones en cuanto a mujeres electas se resume así: diez alcaldesas y setenta y una vicealcaldesas; de los novecientos veintisiete puestos elegibles de síndicos, cuatrocientos sesenta y uno los ocuparon mujeres; en las regidurías, las mujeres se abrieron más espacios, pues, de siete mil doscientos treinta y cuatro puestos elegibles, obtuvieron tres mil setecientos treinta.
En opinión de María de los Ángeles Ramos, regidora de la Municipalidad de Vázquez de Coronado, “es importante que las mujeres participemos, porque ya los tiempos han cambiado; todas tenemos iguales derechos que los hombres y, además, somos más comprometidas y trabajadoras”.
En la última reforma al Código Electoral, en su artículo 2 se consigna:
Principios de participación política por género: La participación política de hombres y mujeres es un derecho humano reconocido en una sociedad democrática, representativa, participativa e inclusiva, al amparo de los principios de igualdad y no discriminación. La participación se regirá por el principio de paridad, que implica que todas las delegaciones, las nóminas y los demás órganos pares estarán integrados por un cincuenta por ciento (50%) de mujeres y un cincuenta por ciento (50%) de hombres, y en delegaciones, nóminas u órganos impares la diferencia entre el total de hombres y mujeres no podrá ser superior a uno. Todas las nóminas de elección utilizarán el mecanismo de alternancia por sexo (mujer-hombre u hombre-mujer), en forma tal que dos personas del mismo sexo no puedan estar en forma consecutiva en la nómina.
La vicepresidenta del Tribunal Supremo de Elecciones, la magistrada Eugenia María Zamora Chavarría, considera importante que las mujeres participen: “Sin representación no hay gobierno. Si la mitad de la población, que somos mujeres, no estamos representadas en la Municipalidad, tampoco lo estarán nuestros aportes y nuestras necesidades”.
Como lo indica el Tribunal Supremo de Elecciones, la participación de las mujeres en puestos de decisión política se ha incrementado en la última década. En el 2010, los puestos de regidoras alcanzaron un poco más del cincuenta por ciento. Además, los partidos políticos deben garantizar los mecanismos necesarios para lograrlo, y dedicar un porcentaje de sus recursos a la capacitación de las mujeres.
De esta manera, se espera que cada vez se incorporen más mujeres a la vida pública y no permanezcan únicamente en la esfera privada.
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