El proyecto de ley 19.010 busca que el 50% de los puestos de elección popular estén ocupados por féminas.

El Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU), con ocasión de la discusión en el Plenario Legislativo del Expediente 19.010 Reformas al Código Electoral para una efectiva incorporación de la perspectiva de género en los partidos políticos, hace un llamado a los señores y señoras Diputadas para que debatan sobre este tema de igualdad para el país y faciliten que se alcance una votación.

“Este proyecto de ley se constituye en una oportunidad para avanzar en la construcción de una sociedad igualitaria, con el fin de que la paridad deje de ser una aspiración y se convierta en una realidad de nuestra democracia. El liderazgo de este proyecto ha estado centrado en algunas diputadas, no obstante, debe resignificarse como un tema de democracia que nos compete a todas y todos”, señaló Alejandra Mora Mora, Ministra de la Condición de la Mujer y Presidenta Ejecutiva del INAMU.

Esta iniciativa plantea que los partidos políticos incorporen en sus estatutos medidas para la efectiva igualdad de género, como lo es la creación de una Secretaría de Igualdad y Equidad de Género, así como el diseño e implementación de una Política de Igualdad de Género. También señala que en los estatutos de los partidos políticos se incluyan los mecanismos que aseguren el principio de igualdad, no discriminación y paridad en cada una de las estructuras partidarias, en la totalidad de puestos uninominales que se nombren, en los primeros lugares de las nóminas de elección a las diputaciones, regidurías y sindicaturas y en la totalidad de los puestos a inscribir para las alcaldías e intendencias. Institucionaliza además la paridad horizontal que es una de los retos para este proceso electoral.

¿Logros o brechas?

Si bien es cierto, se han dado importantes avances para una efectiva participación de las mujeres en los espacios de toma de decisiones, la definición de medidas que permitan avanzar en todos los niveles sigue siendo una deuda histórica. Efectivamente, las cuotas mínimas de participación política de las mujeres del 40%, las Reformas al Código Electoral del 2009 donde se instaura el principio de paridad de género y el mecanismo de alternancia, así como la jurisprudencia que recientemente se ha aprobado para implementar la paridad horizontal, han permitido avances en cuanto a la participación política paritaria en los puestos de elección popular.

Sin embargo, en una reciente investigación que realizó el INAMU en conjunto con el Tribunal Supremo de Elecciones sobre la aplicación del principio de paridad, se evidencian las múltiples limitantes que tienen las mujeres para ocupar espacios de toma de decisión dentro de las estructuras partidarias, así como en puestos de elección popular de muy alto nivel. De igual manera, evidencia el papel que tienen los partidos políticos para respetar las demandas de las mujeres que forman parte de su militancia con miras en responder a su papel representativo en la democracia costarricense.

A pesar de los avances, la desigualdad sigue estando a la orden del día en materia de participación política.  En las elecciones nacionales de febrero de 2014, resultaron electas 19 diputadas de 57 escaños, lo que representa el 33.33%. Para las elecciones municipales de febrero de 2016 resultaron electas 12 alcaldesas de 81 alcaldías, lo que representan apenas el 14.81% de mujeres en estos puestos. Por el principio de paridad y el mecanismo de alternancia que rige desde el año 2009; un 85.19% de mujeres ocuparon las vice alcaldías. En el caso de las regidurías, quedaron electas en el puesto en propiedad un 40.39%.