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Las condenas en casos de femicidio debe reconocer que violencia de género es estructural

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Las condenas emitidas en juicios referidos a casos de femicidio deben considerar que las acciones de agresión machista constituyen un fenómeno estructural, planteó la costarricense ministra de la Condición de la Mujer y presidenta ejecutiva del Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu), Marcela Guerrero.

Ello, de modo que las sentencias sean ejemplificantes, y apunten a la no reiteración de esa conducta violenta, aseguró Guerrero, al condenar la pena aplicada, este mes, en el caso de la joven Luany Salazar, cuyo asesino la enterró en el patio de una casa, procurando ocultar el crimen.

El tribunal encargado del juicio, tipificó el delito como homicidio simple, y condenó, el 12 de julio, al femicida, identificado como de apellido Mejía -y con el alias de “Hippie”-, a 19 años de prisión, todo lo cual generó indignación en familiares de la víctima lo mismo que en el Inamu.

Salazar fue asesinada, el 10 de junio de 2020, de seis puñaladas, de acuerdo con versiones periodísticas del momento.

“Es difícil conciliar la forma en que fue perpetrado el acto, así como los engaños del asesino para ocultar el cuerpo, con la calificación que da lugar a la sentencia impuesta por el Tribunal”, dijo Guerrero, citada en una declaración que el Inamu emitió un día después de conocido el fallo.

“Es necesario que se reconozca que la violencia contra las mujeres es estructural, que se reconozca el sufrimiento de las víctimas y que cada investigación y cada sentencia constituya un mensaje transformador de no permitir una muerte más de una mujer por el hecho de ser mujer”, expresó.

La ministra hizo así alusión al hecho de que, según lo expresado por el juez Andrés Saborío -uno de los tres integrantes del tribunal- “no tenemos establecido la alevosía ni el ensañamiento” como componentes del femicidio.

“Pese a las seis lesiones (puñaladas), éste no es indicativo que se le haya dado un sufrimiento prolongado”, agregó Saborío, quien, citado por medios de comunicación locales, aseguró que, debido a que “no hay prueba directa, no podemos establecer que (el asesino) actuó con alevosía”.

Respecto a lo actuado por el tribunal, Patricia Zamora, madre de la víctima, declaró, a periodistas, inmediatamente después de conocido el fallo, su desacuerdo con la sentencia.

“Diecinueve años por la vida de mi hija?”, preguntó.

“En 19 años, andará otro asesino, ahí, en la calle”, planteó, para advertir que “él tiene fuerzas para matar a otra mujer”.

“Quisiera saber si hubiera sido la hija de uno de ellos (las dos juezas y el juez), a ver si hubieran sido 19 años”, denunció.

Al respecto, Guerrero planteó, en la declaración del Inamu, que “es una aspiración de la Justicia con perspectiva de género que, en juicios por delitos en los que haya mediado violencia contra la mujer, se aparte cualquier sombra de prejuicios en su contra”.

“Ello es, también, una forma de cumplir con el deber de debida diligencia, al cual está obligado el Sistema de Administración de Justicia”, advirtió.

En el texto difundido el 13 de julio, el Inamu expresó que “manifestamos nuestra indignación por la sentencia dictada (…) en el proceso judicial por el homicidio de Luany Valeria Salazar Zamora, quien fue asesinada y enterrada en el patio de una casa”.

La entidad exhortó, además, a la Asamblea Legislativa (parlamento unicameral costarricense), “para que continúen las discusiones sobre la reforma de la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres, con el fin de se incluya, dentro de los femicidios, los escenarios que aún se queda por fuera de ser tipificados”.

“El ataque sexual, el acoso sexual, la trata de personas, la migración, las mafias y redes delictivas nacionales e internacionales, los grupos delincuenciales, las desapariciones de mujeres son también parte de los escenarios de violencia femicida que han sido menos visibilizados, pero que han cobrado y siguen cobrando vidas de mujeres en Costa Rica”, agregó.

El organismo parlamentario aprobó, el 17 de marzo, algunas reformas a la legislación vigente en esta materia, ampliando el concepto de femicidio.

Las modificaciones -que incluyen al Código Procesal Penal-, prevén que el concepto se aplica, entre otros vínculos, a matrimonio, convivencia, noviazgo, así como a situaciones de divorcio, separación, o ruptura definitiva.

Al participar, el 14 de mayo, en la firma presidencial de las reformas, Guerrero informó que promueve reformas adicionales, de modo de extender la tipificación del delito, a escenarios que aún no se toman en cuenta.

Las reformas aprobadas el 17 de marzo, constituyen “un gran avance, pero aún falta más”, aseguró.

Por lo tanto, “ya estamos impulsando, en la Asamblea Legislativa, una nueva reforma que incluya, dentro de los femicidios, los escenarios que aún se quedan por fuera de la ley y que no están tipificados”, dijo Guerrero, una exlegisladora (2014-2018) por el gobernante Partido Acción Ciudadana (PAC).

Esos ámbitos incluyen, “por ejemplo, el ataque y el acoso sexual, la trata de personas, la migración, el crimen organizado y redes delictivas nacionales e internacionales”, comenzó a explicar.

“Igualmente, los grupos delincuenciales y las desapariciones de mujeres forman parte de los escenarios de violencia femicida que han sido poco visibilizados, pero que han cobrado y siguen cobrando vidas de mujeres en Costa Rica”, agregó.

Según datos del Observatorio de la Violencia, del Ministerio de Justicia, Costa Rica registró, el año pasado, 19 femicidios, frente a 16 correspondientes a 2019.

Durante su intervención en la ceremonia de firma, la ministra de Justica, Fiorella Salazar, expresó que “los ajustes jurídicos en favor de penalizar la violencia contra las mujeres sólo serán suficientes cuando ya no tengamos que hacerlos, porque ya habremos logrado una sociedad donde las mujeres no sintamos miedo”.

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