La jueza que condenó a la joven por homicidio, tras haber matado en defensa propia al hombre que estaba violándola, argumentó que usó fuerza excesiva para defenderse del atacante

La víctima fue acusada, por una jueza, de haber usado excesiva fuerza, al tratar de repeler el ataque machista, y condenada a cumplir pena de seis años y dos meses de prisión, además del pago de indemnización de aproximadamente 280 mil pesos (unos 16 mil dólares).

El incidente ocurrió en mayo de 2021, en la localidad de Nezahualcóyotl -también conocida como Ciudad Nezahualcóyotl, y, más popularmente, como Ciudad Neza-, en el central Estado de México (Edomex), limítrofe con la periferia oriental de la Ciudad de México -la capital nacional-.

Detenida el 8 de ese mes, la víctima –Roxana Ruiz, indígena de 23 años oriunda del sureño estado mexicano de Oaxaca, radicada en Ciudad Neza- fue puesta, en febrero de 2022, en libertad condicional, y sometida a juicio.

Al concluir el proceso, el 16 de mayo de 2023, la jueza Mónica Osorio aplicó la condena, argumentando que Ruiz usó fuerza excesiva para defenderse del atacante -identificado como Sinaí Cruz-. Según Osorio, la joven, quien había golpeado al violador, debió limitarse a esa defensa, sin llegar a cobrar la vida del agresor.

 

Relato de la violación

Ruiz relató, en carta dirigida a la oenegé feminista local Nos Queremos Vivas Neza -texto reproducido por medios de comunicación-, que mientras se dirigía, el 8 de mayo de 2021, desde su trabajo hacia su domicilio, encontró a una conocida, con quien pasó a compartir una cerveza.

La conversación fue interrumpida por Cruz, quien, al finalizar el diálogo, ofreció acompañar a Ruiz, lo que fue aceptado por la joven, de acuerdo con lo narrado por la joven, quien agregó que la conducta de Sinaí cambió, en el momento de concluir el recorrido.

“Cuando llegamos, se puso necio (agresivo), me obligó a dejarlo entrar, me insistió que vivía muy lejos, que lo dejara quedarse a dormir en mi cuarto”, siguió escribiendo, en el testimonio que redactó mientras se hallaba en prisión preventiva.

“Insistió tanto, que me asusté, me dio miedo, por tonta accedí, por miedo”, escribió, a continuación. Ruiz denunció, en el texto, que fue atacada, por Sinaí, mientras estaba dormida. También indicó que, sobresaltada por el ataque machista, “yo estaba en shock, sólo quise defenderme, pasé momentos terribles, sentí su aliento, sus manos”.

“Le di un golpe en la nariz, empezó a sangrar, y me dijo: ‘ahora sí, te vas a morir’”, agregó.

“Me dio mucho miedo, entré en pánico, él me golpeaba, cuando se distrajo, tomé una playera (camiseta), y se la puse en el cuello, lo asfixié”, relató, a continuación.

Ruiz reafirmó, asimismo, que “sentí miedo, terror”, y explicó que “sólo no quería que él lastimara a nadie más”.

También reflexionó en el sentido de que “me sentí sola, denigrada, sentí que no valía nada, sentí que todo era culpa mía, por haber confiado en esas personas”.

“No sabía qué hacer, estaba todavía en shock, lo metí en un costal (bolsa rústica, de gran dimensión), y lo iba a dejar tirado en la calle, me había ultrajado, acabo con mi dignidad, me sentía humillada, lastimada, me sentía vacía, lo deje en una esquina”, precisó.

De acuerdo con versiones periodísticas, Ruiz seccionó, en varias partes, el cuerpo del violador, las que introdujo en el costal.

Agentes de la Policía Municipal nezatlense, quienes patrullaban el lugar, se aproximaron a Ruiz, revisaron la bolsa, y, ofendiéndola verbalmente, detuvieron a la joven, de acuerdo con el relato de la agredida.

“Me hablaron con groserías”, denunció la víctima, y detalló que, “entre las múltiples groserías, me preguntaron que, ¿qué había hecho?”.

“Les dije: ‘yo lo maté, pero no quería hacerlo, él me violó’, (pero) no les importó para nada mi persona, sólo pensaron en llevarme detenida porque había un cuerpo y la asesina estaba enfrente”, siguió relatando.

La joven indígena aclaró, en la carta, que decidió redactarla a manera de testimonio de lo ocurrido, “ya que, muy seguramente, seré condenada por los delitos de homicidio simple, y el delito contra el respeto a los muertos, y violaciones a las leyes de inhumación y exhumación”.

El relato ameritó el inmediato apoyo de organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres.

La defensa de Roxana Ruiz

El abogado Ángel Carrera, defensor de Ruiz, mantuvo constantemente el planteamiento de la inocencia de la víctima, además de señalar irregularidades en el proceso, tales como el hecho de que, si bien se trató de una violación, la joven no fue sometida a revisión médica.

En tal contexto, dando muestras de fuertes prejuicios patriarcales, Osorio emitió, el 16 de mayo, la ilegítima condena, tras haber dirigido el proceso sin enfoque de género -lo que fue denunciado por organizaciones de sociedad civil.

Para justificar la sentencia, la jueza utilizó argumentos machistas.

Según la arbitraria narrativa de la funcionaria judicial, Ruiz golpeó, a Cruz, en la cabeza, dejándolo inconsciente, por lo que debió detenerse en ese momento.

“Este golpe era suficiente para contener la agresión física, que terminó cuando lo neutralizó”, según el argumento oficial.

El nuncio de la sentencia generó el inmediato repudio de la comunidad defensora de los derechos de la población femenina, lo mismo que el pronunciamiento del presidente mexicano, Andrés Manuel López Obrador -popular y mediáticamente conocido como AMLO, sus iniciales-

En una de sus cotidianas conferencias de prensa matutinas, cuestionó el razonamiento de la jueza, además de hacer mención de la posibilidad de indultar a Ruiz.

“La justificación del juez es tremenda: ‘porque pudo haber aminorado la fuerza y fue un exceso de legítima defensa’”, dijo, parafraseando a Osorio.

“Vamos a buscar la manera de ayudar a la joven”, planteó, durante el diálogo que, con periodistas, desarrolló, el 19 de mayo -tres días después de emitida la sentencia-.

“Lo estamos, ya, viendo nosotros”, anunció, para agregar que, “y, si procede a que se pueda aplicar el indulto, ya con una sentencia, se nos va a facilitar, lo vamos a hacer.

Por su parte, la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (Fgjem) anunció, el 20 de mayo, la opinión de que corresponde sobreseer a Ruiz, ya que la víctima actuó para frenar el brutal ataque.

“La conducta realizada por la sentenciada durante los hechos que se le imputaron, está exenta de responsabilidad penal, toda vez que esta Fiscalía considera que actuó en legítima defensa, circunstancia que constituye una causal de sobreseimiento”, dictaminó el organismo judicial.

Es necesario analizar, el caso de Ruiz, “bajo los parámetros metodológicos que deben tomarse en cuenta cuando se encuentran involucrados sujetos de grupos vulnerables”, puntualizó.

Respecto a su caso, citada por medios informativos internacionales, Ruiz reflexionó en el sentido de que “no creemos que sea algo coherente, algo justo que me hayan sentenciado a seis años, solo porque piensan que fue un exceso”, además de plantear que “yo no sé cuáles son los límites para que tú te puedas defender”.