La ministras costarricenses Karla Alemán (Deportes) y Marcela Guerrero (la Condición de la Mujer) condenaron los actos de violencia en el ámbito deportivo, así como subrayaron la urgencia de contar con espacios libres de hostigamiento sexual.
Toda denuncia al respecto debe, obligatoriamente, recibir la atención adecuada, ya que el acoso contra las mujeres suele quedar impune, principalmente, a causa del temor, por parte de las víctimas, a dar a conocer tales incidentes, señalaron, las ministras, en un “Pronunciamiento oficial”, difundido por el Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu)
-entidad presidida por Guerrero-.
En ese sentido, llamaron, además, a la pronta reglamentación de la recientemente aprobada “Ley contra el hostigamiento y acoso sexual en el deporte”.
Las jerarcas gubernamentales declararon, en el texto de cuatro párrafos, “nuestro repudio a todo tipo de violencia en todos los espacios del deporte y la recreación”, y, a continuación, expresaron que “insistimos en la necesidad de generar espacios seguros y libres de acoso y hostigamiento sexual”.
“Este tipo de situaciones nos hace ver la necesidad y obligación de procedimientos claros, transparentes y que permitan atender denuncias de todo tipo, incluidas las anónimas, para investigar correctamente y garantizando a las personas denunciantes que se investigarán los hechos, sin temor a que se culpabilice o sancione por denunciar”, reflexionaron.
Por ello, “atender lo que se denuncie formal o informalmente es una obligación, así como iniciar un proceso que permita investigar y escuchar a las partes”, advirtieron.
Lo anterior, teniendo en cuenta que “el acoso sexual por lo general se calla, no se denuncia o se hace de manera anónima, precisamente por temor a represalias”, plantearon.
En tal contexto, “urge reglamentar la Ley contra el hostigamiento y acoso sexual en el deporte”, señalaron, a manera de exhortación.
Alemán y Guerrero expresaron, asimismo, que “el silencio, forzado por el temor, no elimina el acoso sexual ni la violencia contra las mujeres” sino que, “al contrario, fortalece y naturaliza la violencia y la discriminación”.
Las ministras hicieron así referencia a ley que, aprobada en febrero de este año, fue firmada el 29 de marzo, por el presidente costarricense, Carlos Alvarado, y las ministras Silvia Lara (Trabajo) y Gladys Jiménez (la Niñez y la Adolescencia), además de Alemán y Guerrero, en presencia de legisladores así como de deportistas de diversas disciplinas.
Durante la actividad -enmarcada en el Mes de la Conmemoración del día Internacional de las Mujeres (8 de marzo)-, Alvarado aseguró que “esto es parte de las acciones positivas en las que, como Estado, debemos trabajar, para asegurar el pleno desarrollo en todas las esferas: social, política, económica, y cultural”.
“Esta ley, nos recuerda que debemos respetarnos, en cada espacio y en todo momento”, además de que contribuye a “la promoción de una sociedad más justa, igualitaria y libre de violencia por razones de género”, aseguró el mandatario.
Por su parte, Alemán, señaló, entonces, lo que describió como la existente “deuda histórica, del Estado y de la sociedad, con la inmensa mayoría de personas, en especial de aquellas mujeres que hemos sufrido violencia en espacios públicos del deporte, la recreación y la actividad física”.
“Necesitamos espacios seguros, y libres de acoso y hostigamiento sexual, en estos ámbitos”, subrayó la ministra, una deportista, ex integrante de la Selección Femenina de Fútbol, y gestora deportiva.
Al participar en la actividad, la diputada por el socialdemócrata y ex gobernante Partido Liberación Nacional (PLN), María José Corrales -proponente de la nueva ley-, explicó que el objetivo central del instrumento legal consiste en lograr, simultáneamente, que se “cierre los portillos a este tipo de conductas, se fomente la prevención, y se restrinja la impunidad en estos casos”.
“El hostigamiento y el acoso sexual, en el deporte, tiene incidencia directa en la vida de los atletas que los sufren, y en sus carreras deportivas”, denunció.
“En un foro que organizamos, en la Asamblea Legislativa (parlamento unicameral), sobre el tema, en el 2018, y que abrió el camino a la construcción de este proyecto de ley que presenté y que hoy se convierte en ley, esto quedó de manifiesto”, relató.
En el primero de sus 26 artículos, contenidos en tres títulos, la ley determina que el principal de sus objetivos radica en “la prohibición, sanción y prevención del acoso y hostigamiento sexual en el deporte”.
Esto, entendido “como práctica abusiva y de poder contra los derechos fundamentales de las personas, en su condición de deportistas, entrenadores, dirigentes deportivos y otras personas que presten servicios a las diferentes entidades deportivas establecidas en esta ley, con especial referencia a su dignidad como persona, a los derechos de igualdad ante la ley y a la integridad física”.
En el siguiente, al establecer las “Definiciones Hostigamiento y Acoso Sexual en el deporte”, especifica que se trata de “cualquier comportamiento, verbal, no verbal o físico, de naturaleza sexual y no deseados por la persona que los recibe que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la integridad física o psicológica de una persona”.
Asimismo, advierte que, en tal actitud conductual, “hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos”.
En el tercer artículo, explica que “la presente ley se aplicará en relaciones de jerarquía o autoridad deportiva; relaciones entre personas del mismo nivel jerárquico, entre personas de un nivel jerárquico inferior a uno superior, relaciones entre personas deportistas, y otras personas que presten servicios a las diferentes entidades deportivas”.
A continuación, puntualiza que “el hostigamiento y el acoso sexual puede manifestarse” por medio de tres tipos generales de conducta.
Por una parte, están implícitos “requerimientos de favores sexuales en el ámbito deportivo que impliquen: a) Promesa, implícita o expresa, de un trato preferencial, respecto de la situación, actual o futura. b) Amenazas, implícitas o expresas, físicas o morales, de daños o castigos referidos a la situación, actual o futura. c) Exigencia de una conducta cuya sujeción o rechazo sea, en forma implícita o explícita”.
Además, “lenguaje verbal oral o escrito y no verbal como ademanes, gestos, ruidos, silbidos, jadeos, o gemidos con connotación sexual, que resulten hostiles, humillantes u ofensivas para quien las reciba sin su consentimiento”.
Igualmente, “acercamientos corporales u otras conductas físicas de naturaleza sexual, indeseados y ofensivos para quien los reciba”.
Todo ello, “sin perjuicio de que estas conductas puedan constituir un delito sexual”, aclara.
Entre los deberes que asigna al Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (Icoder), figura la creación de la Comisión contra el Hostigamiento Sexual, según lo indicado en el quinto artículo.
Esta fuerza de tarea “será responsable de llevar adelante programas de prevención y capacitación en contra del hostigamiento y acoso sexual en el deporte y, recibir y dar seguimiento de las denuncias de hostigamiento o acoso sexual presentadas ante los órganos internos de las entidades deportivas correspondientes”.
“Para ello, deberá consolidar la información en una base de datos de las denuncias recibidas a nivel nacional”, así como “establecer los mecanismos que garanticen la protección de la persona afectada contra cualquier tipo de represalias los cuales deben estar visibles en el reglamento de esta ley”, indica la misma disposición.