Resulta absurda y odiosa una norma o protocolo que pretende introducir el aborto eugenésico (entiéndase como perfeccionamiento de la raza humana) como causal del aborto impune.
Muchas veces las estadísticas son el mejor camino para deslumbrar una realidad. La Caja Costarricense del Seguro Social, ha requerido 80 abortos en 20 años por estar en riesgo la vida de la madre en condiciones extremas en las que no se pudo hacer nada para salvar la dos vidas, esto significa que la interrupción de un embarazo, por razones de verdadero apremio, no ha tenido una solidez suficiente y vasta para considerarla como un grave problema de salud pública o como para pretender hacer creer que se requiere la variación de una norma jurídica, en este caso el artículo 121 del Código Procesal, para justificar una “ficticia e incoherente necesidad” de crear una excepción que devendría en la aniquilación de la vida de criaturas inocentes e indefensas.
Algunas personas -dentro de la función pública- creen de manera errónea que los médicos no saben qué hacer, que no tienen normas ni principios que los rijan en su labor profesional. Ni científica ni estadísticamente, hay muertes maternas registradas que conlleven a pensar o determinar que una norma técnica pueda salvar vidas; por el contrario, quienes ejercen la medicina las han practicado desde antes de la aprobación de la Constitución Política en 1948. El Código Penal de 1924, permitió a los doctores practicar el aborto como consecuencia de una real y verdadera emergencia médica, siempre y cuando peligrase la vida y salud de la madre.
Resulta absurda y odiosa una norma o protocolo que pretende introducir el aborto eugenésico (entiéndase como perfeccionamiento de la raza humana) como causal del aborto impune. Es decir, Costa Rica se convertiría en un pueblo que desecharía a sus futuros hombres y mujeres, por una mera situación de escogencia biológica, incluyendo así la autorización para deshacerse o matar a un ser humano en gestación, solo por la posibilidad de que pueda morir al nacer, padecer un defecto o una enfermedad.
Los legisladores no debemos ni podemos asumir el papel de catedráticos acerca de cómo ser un buen cristiano. En su lugar a los diputados cristianos y católicos practicantes, nos obliga el deber de denunciar que se está violando todo el marco jurídico, ético y científico en torno a la defensa de la vida, denunciando que con este tipo de protocolos, se denigra el valor de la vida a un mero sentimiento personal de unos cuantos ciudadanos, que representan un sector muy pequeño de nuestra sociedad; caracterizados muchas veces por ser un grupo egoísta e insultante de la dignidad del pueblo costarricense, de los sectores de la salud, congresistas, intelectuales y científicos que hemos dicho ¡Sí a la vida y No al aborto!
La misión de edificar
Nosotros los diputados no nos encerramos en dogma alguno, sino que damos luz y un espacio participativo e inclusivo a todo el pueblo costarricense; cosa que se le ha negado al Soberano por parte del presidente, Carlos Alvarado, a quien desde el Frente Nacional por la Defensa de la Vida le hemos solicitado vehementemente ese espacio.
Vemos con tristeza como algunos, por sentimientos e ideologías contrarias a los verdaderos derechos humanos y carentes de fundamento científico, ajenas a la idiosincrasia del costarricense, hacen una solapada acusación hacia los médicos que apoyan el derecho a la vida; banalizando su posición en contra de la norma, porque tanto antes como después del nacimiento, estamos ante el mismo individuo, el mismo ser humano.
Somos la generación a la que nos corresponde la ineludible misión de edificar desde la promoción de la vida. El aborto no es otra cosa que asesinar a un inocente, en nuestro caso a un niño o niña costarricense. Es por la aplicación de principios bioéticos aceptados que un nasciturus puede morir como efecto colateral en una determinada terapia, con el fin exclusivo de salvar la vida de la madre; pero nunca este principio se puede aplicar si su desenlace es exterminar una vida naciente. A ello, resulta obligatorio -para aplicar este principio- que el bien a obtener no debe ser nunca a través del daño a causar; asimismo debe existir proporcionalidad en el acto médico cuando éste se aplica.
El Colegio de Médicos y Cirujanos rechazó fehacientemente la norma técnica, firmada por el presidente Alvarado el día 12 de diciembre, de forma tal que cualquier norma que regule el aborto debe invocar -ineludiblemente- dicho principio universal de la ética médica pues los profesionales en Ciencias de la Medicina no ejercen para matar, sino para salvar vidas.
El aborto no es solo un tema de fe, oración o fuerzas salvadoras, como algunos autores han mencionado absurdamente -en medios nacionales- refiriéndose a nosotros, los legisladores que defendemos la vida. El aborto es una cuestión del respeto al derecho a la vida de criaturas inocentes, carentes de voz propia, de hechos biológicos y principios bioéticos. Nuestro sólido marco jurídico y constitucional claramente defiende el derecho a la vida, en los artículos 31 del Código Civil, el número 21 de la Constitución Política y el 121 del Código Penal, como excepción a la comisión de un delito. Así, la Declaración Universal de los Derechos Humanos convierte las virtudes y enseñanzas del judaísmo y cristianismo, en leyes y principios jurídicos universales. Que incluso también están consagrados en la Declaración Universal de Bioética (Art. 10, 14.2.a y 28) y los principios 2 y 4 de la Declaración de los Derechos del Niño, los cuales señalan sus derechos prenatales tanto de niño naciente como de su madre.
La obligación del Estado
El “perfeccionamiento de la raza humana”, así como la esclavitud, las eliminaciones de poblaciones indígenas, entre otras, tienen un triste y odioso común denominador: el considerar a un ser humano como «no persona», esto es el irrespeto a la dignidad humana consagrada universalmente en el derecho internacional. En el holocausto se eliminaron brutalmente 6 millones de judíos, mientras que con el aborto se eliminan entre 23 a 60 millones de niños por nacer por año; esta práctica no elimina la muerte, la instaura y consolida. Los nazis basaron su ideología en las supuestas diferencias entre los humanos; hay quienes sostienen el pensamiento nazi basándose en “ideologías modernas”, sin tomar en cuenta el derecho natural de la otra vida, la del bebé por nacer, el cual por definición del artículo 2 del Código de la Niñez y Adolescencia comprende desde el momento de la concepción hasta los 12 años y el articulo 12 le confiere el derecho a la vida.
Por lo tanto, es obligación del estado proteger el derecho de los niños y niñas nacientes, ya que recae sobre sí el improrrogable deber a la protección del nasciturus. Aunque hay quienes insisten, amparados en ideologías ajenas a nuestro sistema normativo jurídico, en discriminar al embrión humano solamente porque se encuentra en el lugar que le corresponde; olvidando que todos -incluyéndolos a ellos mismos- algún día estuvimos en el vientre de una madre.
La defensa a la vida conlleva a velar también por el futuro de nuestra nación, de la humanidad misma. No podemos permitir que por unos pocos se aniquilen las generaciones venideras. La vida es un derecho inherente a cada ser humano sin distingo alguno de salud, condición socioeconómica o ideológica de los gobernantes de turno, y debemos salvaguardarla sin claudicar. No podemos dejar que manchen nuestras manos con sangre inocente, porque “toda vida vale, nadie sobra, mucho menos los niños y niñas por nacer, que deben venir al mundo a cumplir con su propósito”.