Anuncios
Inicio POLITICA PRUDENCIA AYALA La Declaración EMN y la agenda de las empresas y derechos humanos

La Declaración EMN y la agenda de las empresas y derechos humanos

Anuncios

Cuando se trata de derechos laborales, la agenda de empresas y derechos humanos se basa en las normas internacionales del trabajo y en el mandato constitucional de la OIT

La Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social (Declaración EMN) es el instrumento de la OIT que proporciona orientación directa a las empresas en lo que respecta a la política social y a prácticas incluyentes, responsables y sostenibles en el lugar de trabajo.

Cuando se trata de la agenda de empresas y derechos humanos, la comunidad internacional reconoce tres instrumentos principales, a los cuales hacen referencia los responsables de la formulación de políticas: los Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos: puesta en práctica del marco de las Naciones Unidas para «proteger, respetar y remediar” (Principios Rectores de las Naciones Unidas), la Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social (Declaración sobre las Empresas Multinacionales) y las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales.

Estos instrumentos internacionales están alineados en su enfoque y son complementarios en su alcance y aplicación, también mediante sus herramientas prácticas.

Cuando se trata de derechos laborales, la agenda de empresas y derechos humanos se basa en las normas internacionales del trabajo y en el mandato constitucional de la OIT como la organización normativa de las Naciones Unidas en el mundo del trabajo. Los derechos laborales son derechos humanos, ya que las normas internacionales del trabajo proporcionan marcos para que los Estados respeten, protejan y hagan efectivos los derechos humanos en el trabajo, y establezcan principios que orienten a las empresas al respetar tales derechos en los ámbitos civil y político, así como en los ámbitos económico, social y cultural.

Apoyándose en sus normas internacionales del trabajo, la OIT adoptó en 1977 la Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social, proporcionando orientación a los Gobiernos, los interlocutores sociales y las empresas sobre los derechos humanos relacionados con el trabajo en el contexto más general del trabajo decente, el crecimiento económico inclusivo y el desarrollo sostenible. Este instrumento se enmendó en varias ocasiones, más recientemente en 2017.

El Marco de las Naciones Unidas para las actividades empresariales y los derechos humanos “proteger, respetar y remediar”, apoyado por el Consejo de Derechos Humanos en 2008, cita la Declaración EMN de la OIT entre los instrumentos de “ley blanda” que reconocen la responsabilidad empresarial de respetar los derechos humanos. Los Principios Rectores de las Naciones Unidas enumeran como derechos humanos internacionalmente reconocidos que las empresas deberían respetar, “como mínimo, los derechos enunciados en la Carta Internacional de Derechos Humanos y los principios relativos a los derechos fundamentales establecidos en la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo.” La Declaración EMN hace referencia a los Principios Rectores de las Naciones Unidas al enumerar los deberes y responsabilidades de los Estados y las empresas en relación con los derechos humanos, e indica más explícitamente lo que estos deberes y responsabilidades significan cuando se trata de proteger y respetar los derechos laborales en las operaciones de las empresas.

A raíz del apoyo dado por el Consejo de Derechos Humanos a los Principios Rectores de las Naciones Unidas en 2011, la agenda de empresas y los derechos humanos ha adquirido más importancia. La OIT contribuye a esta agenda en estrecha colaboración con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) y el Grupo de Trabajo sobre empresas y derechos humanos. Tal como indica la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones en su Informe General de 2022 (párr. 136): “El respeto de los derechos humanos y de las normas internacionales pertinentes es también una responsabilidad que atañe a las empresas. La OIT ha desarrollado una estrecha colaboración con el Grupo de Trabajo sobre empresas y derechos humanos de las Naciones Unidas (…) que se basa en las disposiciones de la Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social, que se inspiran en las normas internacionales del trabajo pertinentes, y da seguimiento a las observaciones de la Comisión sobre la aplicación de estas normas de manera implícita, aunque esencial”.

La OIT ha creado importantes alianzas relacionadas con la agenda de empresas y derechos humanos. Los ejemplos de colaboración comprenden:

  • Una nota informativa conjunta con el Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre Los vínculos entre las normas internacionales del trabajo, los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos, y los Planes de Acción Nacionales sobre las empresas y los derechos humanos, a fin de promover la participación de los Ministerios de Trabajo y los interlocutores sociales en los procesos encaminados a elaborar, adoptar y llevar a cabo planes de acción nacionales. La nota informativa pone de relieve una serie de herramientas de la OIT para que los Gobiernos y las empresas defiendan los derechos humanos, incluidas las normas internacionales del trabajo, y aumenten el acceso de las víctimas a los mecanismos de reparación. La resolución de los conflictos laborales, también a través de la administración del trabajo y de los tribunales del trabajo, se pone de relieve como una parte importante del acceso a los mecanismos de reparación para las víctimas de la violación por las empresas de los derechos humanos.
  • Foros internacionales sobre las empresas y los derechos humanos, tales como el Foro de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos, el Foro de las Naciones Unidas sobre las empresas responsables y los derechos humanos en Asia y el Pacífico, el Foro regional sobre empresas y derechos humanos en América Latina y el Caribe, el Foro de Asia Meridional sobre las empresas y los derechos humanos, y otros.
  • El programa UE-OIT-OCDE-ACNUDH “Conducta empresarial responsable en América Latina y el Caribe (CERALC)”, que promueve el crecimiento inteligente, sostenible e inclusivo a través de prácticas de conducta empresarial responsable, incluidos planes de acción nacionales y la debida diligencia para que las empresas asuman su responsabilidad de respetar los derechos humanos.

Reproducción OIT: https://www.ilo.org/es/resource/la-declaracion-emn-y-la-agenda-de-las-empresas-y-derechos-humanos

Foto: Tima Miroshnichenko

 

Anuncios
Salir de la versión móvil