La agenda legislativa uruguaya plantea un dilema clave para América Latina. Se pregunta cómo proteger a niñas, niños y adolescentes de la violencia digital, la explotación, el diseño adictivo y la publicidad dirigida. Esto debe hacerse sin limitar su derecho a participar, informarse, aprender y habitar los entornos digitales con seguridad.

Uruguay avanza en la elaboración de una ley para proteger los derechos de niñas, niños y adolescentes en entornos digitales, a partir de un proceso de diálogo entre legisladores, autoridades educativas, especialistas, organizaciones sociales y organismos internacionales. Según informó la Administración Nacional de Educación Pública, el debate no se limita a prohibir contenidos o restringir el acceso, sino que busca equilibrar la regulación, la privacidad, el acceso a la tecnología, la verificación de la edad y la responsabilidad de las plataformas digitales. 

Uno de los puntos centrales del encuentro fue la necesidad de actualizar los marcos normativos ante riesgos como la violencia digital, la explotación sexual, la vigilancia y la discriminación algorítmica. También se abordaron la publicidad dirigida, las apuestas en línea, los sistemas de recompensa en videojuegos y los diseños tecnológicos orientados a mantener la atención de niñas, niños y adolescentes. 

La discusión uruguaya se inscribe en una tendencia más amplia. El Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, en su Observación General n.º 25, establece que los Estados deben garantizar todos los derechos de la niñez también en el entorno digital, no solo protegerla frente a los daños. Esto implica acceso a la información, educación, privacidad, participación, libertad de expresión, protección contra la explotación y mecanismos de reparación cuando las empresas vulneren derechos. 

El énfasis regional empieza a desplazarse de la responsabilidad exclusiva de las familias a la de las plataformas. En Brasil, el Estatuto Digital de Niñas, Niños y Adolescentes entró en vigor en marzo de 2026 e incluye obligaciones de verificación de edad, restricciones a funciones adictivas, como el desplazamiento infinito y la reproducción automática, y sanciones para las plataformas que incumplan. 

Colombia también aprobó la Ley 2489 de 2025, orientada a promover entornos digitales sanos y seguros para niñas, niños y adolescentes, a reducir brechas de acceso y a enfrentar riesgos como el ciberacoso, la explotación, los abusos y los tratos injustos en línea. En abril de 2026, el Ministerio TIC abrió el proceso de reglamentación de esa norma, con énfasis en la corresponsabilidad, las obligaciones técnicas y la protección de la privacidad. 

Costa Rica cuenta con una Estrategia Nacional para la Prevención y Respuesta a la Explotación y Abuso Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes en Línea 2021-2027, concebida como hoja de ruta interinstitucional para construir ecosistemas digitales más seguros sin desconocer el uso y disfrute de derechos por parte de las personas menores de edad. 

El debate, sin embargo, exige cautela. Organismos como la UNESCO han insistido en que la gobernanza de las plataformas debe proteger los derechos humanos, la libertad de expresión, el acceso a información confiable, la transparencia, la evaluación de riesgos y la rendición de cuentas. Por eso, una política pública seria no puede reducirse a prohibiciones generales ni a controles invasivos que terminen por entregar más datos personales de niñas, niños y adolescentes a las mismas plataformas que se busca regular.

La experiencia uruguaya resulta relevante porque plantea una pregunta de fondo para toda la región. ¿Cómo construir una legislación que proteja sin infantilizar, regule sin censurar y reconozca a niñas, niños y adolescentes no solo como víctimas potenciales, sino también como sujetos de derechos en el mundo digital?

Referencias:

Administración Nacional de Educación Pública. (2026). Uruguay avanza hacia una ley de protección de niñas, niños y adolescentes en entornos digitales.

Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas. (2021). Observación general Nº 25 sobre los derechos del niño en relación con el entorno digital.

Congreso de Colombia. (2025). Ley 2489 de 2025.

Gobierno de Brasil. (2026). Marco regulatorio para proteger a niñas, niños y adolescentes en línea.

MICITT / Costa Rica. (2021). Estrategia Nacional para la Prevención y Respuesta a la Explotación y Abuso Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes en Línea 2021-2027.

UNESCO. (2023). Guidelines for the Governance of Digital Platforms.