Un conversatorio realizado en la sede del periódico Claridad planteó que los derechos reproductivos en Puerto Rico no pueden reducirse al aborto. Las ponentes Alice Colón Warren y Yanira Reyes Gil ubicaron el debate en una historia más amplia de control sobre los cuerpos de las mujeres y personas gestantes, marcada por políticas poblacionales, esterilizaciones, desigualdad económica y recientes intentos legislativos de restringir derechos.

La actividad fue auspiciada por la Organización Puertorriqueña de la Mujer Trabajadora. El conversatorio reunió a las doctoras Alice Colón Warren y Yanira Reyes Gil, con la conducción de Josefina Pantoja Oquendo, portavoz de la organización. 

Colón Warren recordó que el control de la reproducción ha estado históricamente ligado a estructuras de poder que jerarquizan poblaciones. Como ejemplo, mencionó las Leyes Comstock del siglo XIX, que prohibieron el intercambio de información relacionada con anticonceptivos, y vinculó esas políticas con visiones raciales, nacionalistas y estatales sobre quién debía reproducirse. 

En el caso de Puerto Rico, la discusión adquiere una profundidad histórica particular. Colón Warren señaló que entre 1930 y 1970 se permitió la experimentación con métodos anticonceptivos en mujeres empobrecidas, sin información adecuada sobre los riesgos para su salud. También recordó que se promovió la esterilización femenina, que llegó a alcanzar a más de una tercera parte de las mujeres en edad reproductiva hacia finales de ese período. 

Ese contexto permite entender por qué la justicia reproductiva no se limita a decidir si continuar o interrumpir un embarazo. También implica contar con información adecuada, acceso a salud, condiciones materiales para criar y libertad frente a políticas que convierten los cuerpos de las mujeres y personas gestantes en territorio de control político, religioso o económico.

En Puerto Rico, el derecho al aborto fue reconocido junto con Roe v. Wade en 1973 y ratificado localmente al año siguiente; actualmente, según explica el artículo, el derecho local a terminar un embarazo descansa en la decisión de Pueblo v. Duarte. 

Yanira Reyes Gil advirtió que en el cuatrienio anterior se presentaron más de una docena de proyectos dirigidos, directa o indirectamente, a limitar el derecho al aborto. Según la profesora, esos intentos no fueron aprobados por la oposición organizada de sectores feministas, pero en el nuevo período algunas restricciones sí han avanzado. 

Entre las medidas señaladas están la Ley 126 de 2025, que exige consentimiento parental para abortos de menores de 15 años y establece protocolos estrictos para clínicas; la Ley 183 de 2025, que concede personalidad jurídica al no nacido “desde el momento imaginario de la concepción”; la Ley 166 de 2025, sobre la muerte de un “concebido no nacido” como asesinato en primer grado; y la Ley 18 de 2026, que define como persona, para efectos del delito de asesinato, al feto en cualquier etapa de gestación. 

El riesgo, según Reyes Gil, es que estas medidas coloquen a las mujeres y personas en edad reproductiva en una “suspensión de derechos” durante el embarazo, sujetas a vigilancia y con mayores obstáculos para acceder a servicios de salud. 

La fuerza del conversatorio está precisamente en esa lectura histórica y política: Puerto Rico no enfrenta solo una discusión legal sobre el aborto, sino un conflicto más profundo sobre autonomía corporal, pobreza, colonialidad, salud pública y vida digna. Como planteó Colón Warren, el debate debe mirar las estructuras de desigualdad y exclusión que impiden el bienestar de la mayoría de la población. 

Referencias: 

Rodriguez Alicea, A. (2026, 6 de mayo). El aborto no es el único derecho reproductivo amenazado. Claridad. https://claridadpuertorico.com/el-aborto-no-es-el-unico-derecho-reproductivo-amenazado/

Nota reproducida por Resumen Latinoamericano, 13 de mayo de 2026. https://www.resumenlatinoamericano.org/2026/05/13/feminismos-el-aborto-no-es-el-unico-derecho-reproductivo-amenazado-en-puerto-rico/