La decisión mayoritaria de la Corte Constitucional de Colombia, en cuanto a despenalizar parcialmente el aborto, constituye un decisivo avance en la lucha para que el procedimiento médico deje de ser delito, que sea removido del Código Penal, coincidieron en expresar dirigentes feministas del país sudamericano.
Se trata de un hito en la extensa de historia de esfuerzo, del movimiento de defensa de los derechos de la población femenina, en este sentido, plantearon, en alusión al fallo emitido el 21 de febrero.
Según esa disposición, la acción de abortar “solo será punible cuando se realice después de la vigésimo cuarta (24) semana de gestación”.
La corte determinó, igualmente, que el límite de veinticuatro semanas no se aplicará “cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificada por un medico”, ni “cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, certificada por un médico”.
Tampoco, “cuando el embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto”, agregó.
Dos líderes feministas colombianas -Juliana Martínez y Laura Castro- evaluaron, favorablemente, el fallo, en declaraciones reproducidas, el 4 de marzo -once días después de la decisión judicial-, por la agencia informativa cubana Prensa Latina (PL).
De acuerdo con versiones periodísticas locales, en la votación mayoritaria -5 a 4- participó solamente una de las cuatro magistradas integrantes del tribunal -Diana Fajardo-.
Las otras tres -Cristina Pardo (presidenta), Diana Fajardo (vicepresidenta), Paola Andrea Meneses- no acompañaron a su colega, según las mismas fuentes.
La corte actuó en respuesta a la demanda que le presentó el no gubernamental movimiento Causa Justa -creado, precisamente, para defender la causa de la despenalización total del aborto-.
La oenegé planteó, como punto central de su acción judicial, la eliminación completa, de la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), como delito punible con prisión, del Código Penal del Colombia.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 122 -de los 476- de ese instrumento jurídico nacional, “la mujer que causare su aborto o permitiere que otro se lo
cause, incurrirá en prisión de uno (1) a tres (3) años”.
“A la misma sanción estará sujeto quien, con el consentimiento de la mujer, realice la conducta prevista en el inciso anterior”, se indica, a continuación, en el mismo artículo
-denominado “Aborto”-.
En el 123 -referido a “Aborto sin consentimiento”-, se determina que “el que causare el aborto sin consentimiento de la mujer o en mujer menor de catorce años, incurrirá en prisión de cuatro (4) a diez (10) años”.
En cuanto a “ Circunstancias de atenuación punitiva”, el artículo 124 indica que “la pena señalada para el delito de aborto se disminuirá en las tres cuartas partes cuando el embarazo sea resultado de una conducta constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo, de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas”.
En lo que tiene que ver con “Lesiones al feto”, el artículo siguiente plantea que “el que por cualquier medio causare a un feto daño en el cuerpo o en la salud que perjudique su normal desarrollo, incurrirá en prisión de dos (2) a cuatro (4) años”.
Y, “si la conducta fuere realizada por un profesional de la salud, se le impondrá también la inhabilitación para el ejercicio de la profesión por el mismo término”, agrega.
En su presentación a la Corte Constitucional, el movimiento Causa Justa -que reúne a casi medio centenar de organizaciones y a más de sesenta activistas- señaló, específicamente, la necesidad de determinar “que ninguna mujer vaya a la cárcel o que le sea iniciado un proceso penal en su contra por acceder a su derecho a la IVE ni que viva bajo esa amenaza”.
Asimismo, “que ningún prestador de servicios vaya a la cárcel o se inicie un proceso penal en su contra por realizar un aborto consentido por una mujer, o por brindar información”, agregó la red de entidades defensoras de los derechos humanos, en general, y de las garantías fundamentales de la población femenina, en particular.
En un documento difundido por la no gubernamental Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, citado por la agencia informativa caribeña, se indica que, en materia de intolerancia penal en esta materia, “alrededor de 400 casos son llevados ante la justicia penal anualmente”.
También se denuncia que “son las mujeres, adolescentes y niñas en situación de vulnerabilidad quienes están en mayor riesgo de ser criminalizadas”.
“De esta manera, un 12,5% de los casos de aborto perseguidos por la justicia colombiana corresponden a mujeres entre los 14 y 17 años; y un 24% de los casos que derivan en condena, corresponden a mujeres menores de edad”, según la misma fuente.
PL citó otras cifras, según las cuales, en 2020, al menos 4,268 niñas en el grupo etario de 10 a 14 años fueron madres en Colombia, “donde este tipo de relaciones sexuales son consideradas violaciones y que por tanto podrían entrar dentro de las causas del aborto legal”.
“Además, en promedio, cerca de 400,000 abortos se realizan en Colombia anualmente y menos del 10% son llevados a cabo en instituciones que cumplan con todas las garantías sanitarias, por lo que la Interrupción Voluntaria del Embarazo es la cuarta causa de mortalidad materna en Colombia”, precisó.
En una Nota de Prensa que emitió el 21 de febrero -el día del fallo-, la Corte Constitucional exhortó, al bicameral Congreso de la República -Senado y Cámara de Representantes-, y al gobierno nacional, a cumplir, sin dilación, la sentencia.
También los llamó a que, “en el menor tiempo posible, formulen e implementen una política pública integral (…) que evite los amplios márgenes de desprotección para la dignidad y los derechos de las mujeres gestantes, descritos en esta providencia”, y que, asimismo, “proteja el bien jurídico de la vida en gestación sin afectar tales garantías”.
La corte explicó, igualmente, que “esta política debe contener, como mínimo”, media docena de aspectos esenciales.
Se trata de “la divulgación clara de las opciones disponibles para la mujer gestante durante y después del embarazo”, además de “la eliminación de cualquier obstáculo para el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos que se reconocen en esta sentencia”.
Por otra parte, “la existencia de instrumentos de prevención del embarazo y planificación”, lo mismo que “el desarrollo de programas de educación en materia de educación sexual y reproductiva para todas las personas”.
Asimismo, “medidas de acompañamiento a las madres gestantes que incluyan opciones de adopción, entre otras”, y “medidas que garanticen los derechos de los nacidos en circunstancias de gestantes que desearon abortar”.
Respecto al fallo de la Corte Constitucional, Martínez dijo, a PL, que “la emoción es mucha, y sabemos que los retos continúan, pero el país avanza en reconocer una mayor ciudadanía para las mujeres, y no descansaremos hasta que el aborto esté fuera del Código Penal”.
Este logro, “forma parte de una lucha histórica que inició el movimiento feminista, desde la década de 1970”, agregó.
En el esfuerzo han participado feministas, “siempre a favor de más libertad para las mujeres”, lo mismo que “actores como médicos, defensores de derechos humanos, académicos, y todas las personas que se unieron, en las calles, a todo el proceso que jalonó el movimiento Causa Justa”, relató.
Martínez dijo, asimismo, que “el reto siguiente está relacionado con la implementación, con lograr superar barreras de acceso, con que las mujeres tengan información que les permita decidir, con autonomía, sobre su cuerpo”.
En opinión de Castro, “es un día histórico, porque se aceptó nuestro derecho a decidir, y también se avanzó en el reconocimiento a nuestra ciudadanía plena”.
“No obstante, desde Causa Justa, seguiremos abogando por la despenalización total de esa práctica, vía la eliminación del delito del aborto del Código Penal”, agregó la coordinadora de esta oenegé.
También indicó que “estaremos atentas a que el Congreso dé un debate abierto, democrático, y, sobre todo, respetuoso de los derechos de las mujeres, los estándares de la Corte Constitucional, y los derechos de las mujeres en lo que concierne a la interrupción voluntaria del embarazo”.