No toda muerte violenta de una mujer constituye un feminicidio. La diferencia radica en las razones de género que rodean el crimen y permiten reconocer patrones de violencia que un registro general de homicidios no necesariamente revela.

Una mujer muere durante un asalto para robarle su automóvil. Otra es asesinada por su expareja tras meses de amenazas, tras decidir terminar la relación. Las dos son víctimas de homicidio y ambas vidas tienen exactamente el mismo valor. Sin embargo, las circunstancias que explican esos crímenes son distintas y conocer esa diferencia resulta indispensable para comprenderlos y prevenirlos.

En el segundo caso, puede existir un feminicidio o femicidio si la investigación demuestra que la muerte estuvo vinculada a motivos de género. El término no convierte en menos graves los demás homicidios ni establece que la vida de una mujer tenga mayor valor jurídico que la de un hombre. Identifica una forma particular de violencia letal cuya explicación se encuentra en relaciones de poder desiguales, discriminación, estereotipos de género, violencia sexual, control o antecedentes de violencia contra las mujeres.

ONU Mujeres establece precisamente esa diferencia: el feminicidio o femicidio es el asesinato intencional de una mujer o una niña por razones relacionadas con su género. A diferencia de otros homicidios, puede estar impulsado por la discriminación, relaciones de poder desiguales, estereotipos o normas sociales perjudiciales.

Esta precisión importa porque ser mujer no basta para que un homicidio sea considerado feminicidio. Si una mujer muere durante un robo sin que su condición de mujer tenga relación con la motivación o las circunstancias del crimen, estamos ante un homicidio de mujer, no necesariamente ante un feminicidio. La investigación debe establecer los elementos que permitan identificar las razones de género.

Esos elementos no siempre figuran en una declaración expresa del agresor. Pueden encontrarse en la historia que precedió al crimen: amenazas de una pareja o expareja, violencia física o sexual, persecución, control coercitivo, negativa a aceptar una separación, lesiones dirigidas contra determinadas partes del cuerpo, explotación sexual, trata o determinadas formas de violencia asociadas con discriminación y subordinación.

La distinción permite entonces plantear una pregunta a la que la categoría general de homicidio no responde por sí sola: ¿por qué determinadas mujeres están siendo asesinadas y qué relación tiene su género con esas muertes?

Cuando el lugar más peligroso puede ser el hogar

Las estadísticas internacionales ayudan a comprender por qué surge esa pregunta. En 2024 fueron asesinadas intencionalmente alrededor de 83.300 mujeres y niñas en el mundo. Unas 50.000 personas murieron a manos de sus parejas o de otros integrantes de sus familias. Representaron aproximadamente el 60 % de los homicidios intencionales de mujeres y niñas registrados ese año.

El patrón es muy diferente entre los hombres. ONU Mujeres señala que, mientras el 60 % de los homicidios de mujeres y niñas ocurren a manos de parejas o familiares, solo alrededor del 11 % de los homicidios de hombres ocurren en ese ámbito.

La diferencia no significa que los hombres no sean asesinados, ni que desconozca que constituyen una proporción elevada de las víctimas de homicidio en el mundo. Explica algo distinto: las mujeres y los hombres no necesariamente mueren en los mismos contextos ni por las mismas razones.

Una política de prevención necesita conocer esas diferencias. Las medidas para reducir los homicidios relacionados con la delincuencia organizada, los robos o los enfrentamientos entre grupos criminales no son necesariamente las mismas que permiten detectar a una mujer amenazada reiteradamente por su expareja, sometida a control, acosada tras una separación o expuesta a una escalada de violencia en su hogar.

Clasificar permite identificar esos patrones.

Argentina y el debate sobre llamar a todos los homicidios por igual

Esta distinción ha vuelto a debatirse en el ámbito público de Argentina. Durante su intervención en el Foro Económico Mundial de Davos en enero de 2025, el presidente Javier Milei cuestionó la figura del femicidio, argumentando que establecer una consideración penal específica cuando la víctima es una mujer contradice la igualdad ante la ley.

La legislación argentina, sin embargo, no define como femicidio el asesinato de cualquier mujer. La Ley 26.791 modificó en 2012 el artículo 80 del Código Penal e incorporó como agravante matar «a una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y medie violencia de género». La condición de mujer de la víctima, por sí sola, no basta para configurar la figura legal: debe existir violencia de género.

La diferencia es sustancial para comprender la discusión. El debate no necesariamente enfrenta dos alternativas entre «castigar el asesinato de una mujer» y «castigar el asesinato de un hombre». La cuestión es si el sistema jurídico debe reconocer específicamente las circunstancias de género presentes en determinados homicidios.

Los propios datos judiciales argentinos permiten observar por qué esa categoría produce información distinta. En 2025, el Registro Nacional de Femicidios de la Justicia Argentina identificó 200 víctimas directas y 19 víctimas de femicidio vinculado. Hubo, en promedio, una víctima directa cada 44 horas.

El registro tampoco depende exclusivamente de que un expediente haya sido previamente caratulado como femicidio. La Oficina de la Mujer de la Corte Suprema analiza las causas mediante un protocolo destinado a detectar muertes violentas de mujeres cis, trans y travestis por motivos de género. En las causas investigadas durante 2025, el 67 % de las imputaciones contenía la agravante del artículo 80, inciso 11, mientras que el 19 % no la contenía. Aun así, estas últimas podían integrarse al registro cuando los elementos analizados permitían considerarlas posibles femicidios.

Eso muestra otra función de la categoría: no solo penal, sino también estadística y criminológica.

Nombrar permite contar y contar permite prevenir

Eliminar la palabra «feminicidio» no elimina los homicidios de mujeres por motivos de género. Lo que puede desaparecer es una categoría que permite distinguirlos de otros asesinatos y estudiar sus características.

Si todos se contabilizaran únicamente bajo la denominación general de homicidio, seguiríamos sabiendo cuántas personas fueron asesinadas, pero sería más difícil determinar cuántas mujeres murieron después de denunciar violencia, cuántas fueron asesinadas por parejas o exparejas, qué antecedentes presentaban los agresores, dónde fallaron las medidas de protección o qué factores se repiten antes de una muerte.

Argentina ofrece un ejemplo concreto. Entre 2017 y 2024, su Registro Nacional contabilizó 1.958 víctimas directas de femicidio. Esas mujeres tenían a su cargo al menos 1.685 niñas, niños y adolescentes cuando fueron asesinadas. El mismo sistema identificó, además, 187 víctimas de femicidio vinculado: personas asesinadas para provocar sufrimiento a la víctima principal o cuando intentaban protegerla.

Sin una clasificación específica, parte de esas relaciones entre los crímenes desaparecería de las estadísticas generales de homicidio.

Reconocer el feminicidio tampoco implica asumir de antemano las motivaciones de quien mata. Corresponde a la investigación determinar las circunstancias del hecho y a los tribunales establecer las responsabilidades penales. La perspectiva de género aporta herramientas para evitar el problema contrario: investigar una muerte como un episodio aislado, cuando detrás hay una historia de amenazas, sometimiento, violencia sexual o control.

La Corte Suprema argentina reafirmó este criterio en julio de 2026 al publicar un compendio de 24 sentencias sobre femicidios dictadas entre 2020 y 2025. El documento recoge la aplicación judicial de la Convención de Belém do Pará, la CEDAW y la legislación argentina y destaca la obligación de investigar y juzgar estos hechos con perspectiva de género.

Por eso, la discusión sobre el nombre va mucho más allá de una simple palabra. El homicidio es la muerte de una persona causada por otra. El feminicidio permite identificar, dentro de ese universo, aquellas muertes de mujeres que tienen razones de género.

La diferencia no está en cuánto vale la víctima. Está en comprender por qué la mataron.

Referencias

Argentina. Congreso de la Nación. (2012, 14 de diciembre). Ley 26.791. Código Penal: Modificaciones. Boletín Oficial de la República Argentina. https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-26791-206018/texto

Corte Suprema de Justicia de la Nación. (2025). Registro Nacional de Femicidios de la Justicia Argentina: Edición 2025. Datos estadísticos del Poder Judicial sobre femicidios en 2024. Oficina de la Mujer.
https://www.csjn.gov.ar/omrecopilacion/omfemicidio/homefemicidio.html

Corte Suprema de Justicia de la Nación. (2026, 29 de mayo). En 2025 disminuyó la cantidad de femicidios. https://w2.csjn.gov.ar/novedades/detalle/13522

Corte Suprema de Justicia de la Nación, Oficina de la Mujer. (2026, 1 de julio). La Oficina de la Mujer de la Corte Suprema presenta el tablero interactivo del Registro de Femicidios 2025. https://www.csjn.gov.ar/om/verNoticia?idNoticia=13942

Corte Suprema de Justicia de la Nación, Oficina de la Mujer. (2026, 22 de julio). La Corte Suprema de Justicia publicó el Compendio de Jurisprudencia sobre Femicidios 2026.
https://www.csjn.gov.ar/om/verNoticia?idNoticia=14182

Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres. (2025). Cinco datos clave sobre el femicidio. ONU Mujeres.
https://knowledge.unwomen.org/es/articulos/articulo-explicativo/cinco-datos-clave-sobre-el-femicidio

Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, & Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres. (2025). Femicides in 2024: Global estimates of intimate partner/family member femicides. United Nations.
https://knowledge.unwomen.org/en/digital-library/publications/2025/11/femicides-in-2024-global-estimates-of-intimate-partner-family-member-femicides

Presidencia de la Nación Argentina. (2025, 23 de enero). Presidente Milei en Davos: “El tiempo de cambio está tocando la puerta”. Argentina.gob.ar.
https://www.argentina.gob.ar/noticias/presidente-milei-en-davos-el-tiempo-de-cambio-esta-tocando-la-puerta