Se trata del Reglamento para la aplicación de la Base Ajustada al Salario para microempresas en el Seguro Salud.

Gracias al nuevo reglamento aprobado la semana anterior, las microempresas podrán contar con condiciones preferenciales temporales, para que las personas que buscan iniciar o reanudar su microactividad económica, puedan tener un incentivo que permita derribar las barreras que existen actualmente para emprender.

Este beneficio lo tendrán las microempresas que se instalan por primera vez en el territorio nacional o que reanudan su actividad económica ante la CCSS en los últimos 12 meses, una vez entrado en vigencia el reglamento. Se trata del Reglamento para la aplicación de la Base Ajustada al Salario para microempresas en el Seguro Salud, aprobado por la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social que permitirá la formalización de microempresarios, sean físicos o jurídicos.

“Sin duda alguna un parque empresarial Pyme que representa el 81% de las empresas es un motor de la economía nacional, los datos son evidentes.” explicó Victoria Hernández, ministra de Economía, Industria y Comercio.

Según la jerarca, actualmente en Costa Rica se registran 130.388 Pymes. Esto implica que por cada empresa grande en el país, hay 38 microempresas que representan casi el 45% de la contribución al PIB.

“Sabemos que al emprender la cuesta de los primeros cuatro años es muy empinada y por esto el Gobierno trabaja para brindar herramientas apropiadas para que puedan establecerse y formalizar sus anhelos. Asimismo buscamos robustecer nuestra seguridad social y reducir las brechas de empresariedad e informalidad en las diferentes regiones del país por el bienestar de las personas”, añadió.

El doctor Román Macaya, presidente ejecutivo de la Caja Costarricense del Seguro Social, reiteró que “este reglamento es uno de los ejes más importantes en el proceso de dinamización de nuestra economía”.

¿Cuáles son los beneficios?

La CCSS creó una fórmula para la base imponible (la cuantía sobre la cual se calcula el importe de determinado impuesto a satisfacer por una persona física o jurídica), lo cual permite reducir la base sobre la cual se calcula la cotización patronal y de los trabajadores al seguro de salud, que irá en aumento, progresivamente, durante cuatro años; hasta que en el quinto año llegue al porcentaje que cotizan todos los patronos y sus trabajadores como se muestra en la siguiente tabla:

Porcentajes de cotización de la BAS sobre la base imponible reportada al Seguro de Salud

Tipo de Empresa

Año 1

Año 2

Año 3

Año 4

 Patronos

 

Trabajadores

4.25%

 

4.20%

5.25 %

 

4.50%

6.25 %

 

4.80%

7.25 %

 

5.00%

¿Quiénes se verán beneficiados?

Serán tomadas en cuenta PYMES o PYMPAS físicas o jurídicas que desarrollen una actividad permanente, estén acreditadas en el MEIC y el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) que tengan entre 1 y 5 trabajadores y estén inscritas por primera vez o hayan estado inactivas por los últimos 12 meses.

¿Cómo puedo aplicar?

Los interesados deben presentar la solicitud de incorporación al esquema de BAS. Esta debe ir firmada por parte del patrono físico o del representante legal, para el caso de personas jurídicas. La solicitud debe presentarse ante el Servicio de Inspección de la CCSS al momento de la inscripción o reanudación patronal.

Otros requisitos

  1. Que, al momento de la inscripción o reanudación patronal, tenga como máximo cinco trabajadores.
  2. No tener deudas pendientes con la CCSS, ni derivadas de la Ley de Protección al Trabajador, ni las contribuciones al Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF) en su condición de patrono, ni como trabajador independiente.
  3. No haberse acreditado procesos de investigación por incumplimientos en materia de aseguramiento, por parte del servicio de Inspección de la CCSS. Domiciliar una cuenta bancaria registrada a su nombre, con el propósito de que la CCSS realice el cobro de las cargas sociales de forma automática y segura.
  1. Contar con la condición de microempresa certificada por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) o el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).