Cada 19 de junio se conmemora el Día Internacional para la Eliminación de la Violencia Sexual en los Conflictos, una fecha que recuerda una realidad persistente en numerosos escenarios de guerra: el uso de la violencia sexual como estrategia deliberada para sembrar el terror, destruir comunidades y someter a poblaciones civiles.

Lejos de tratarse de consecuencias inevitables de los conflictos armados, las violaciones, la esclavitud sexual, los embarazos forzados y otras formas de violencia sexual han sido reconocidas por el derecho internacional como crímenes de guerra y de lesa humanidad. Sin embargo, la impunidad sigue siendo uno de los principales obstáculos para las víctimas.

La Asamblea General de las Naciones Unidas estableció esta conmemoración para recordar la adopción de la Resolución 1820 del Consejo de Seguridad, aprobada el 19 de junio de 2008. El texto reconoce que la violencia sexual en los conflictos constituye una amenaza para la paz y la seguridad internacionales y exige medidas para prevenirla y sancionarla.

Aunque el reconocimiento jurídico ha avanzado, los informes internacionales continúan documentando agresiones sexuales en conflictos contemporáneos. Mujeres, niñas, hombres y niños siguen siendo víctimas de prácticas destinadas a castigar, desplazar o desintegrar comunidades enteras.

La jurista costarricense Elizabeth Odio Benito ha sido una de las figuras más influyentes en el desarrollo de este reconocimiento internacional. Durante su labor como jueza del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia y, posteriormente, como jueza y vicepresidenta de la Corte Penal Internacional, impulsó una transformación jurídica que permitió dejar de considerar la violencia sexual como un daño secundario de la guerra y reconocerla como un crimen internacional autónomo.

En una conferencia organizada por el Centro de Investigación en Estudios de la Mujer (CIEM) de la Universidad de Costa Rica, Odio explicó que durante gran parte de la historia estos delitos permanecieron invisibilizados en los procesos judiciales internacionales. La ausencia de precedentes y la falta de perspectiva de género dificultaban el juzgamiento de los responsables.

La incorporación de mujeres juezas en los tribunales internacionales establecidos para juzgar los crímenes cometidos en Ruanda y en la antigua Yugoslavia permitió aportar una perspectiva distinta sobre estos hechos. Uno de los principales avances fue el reconocimiento de la violación sexual como crimen de guerra, un precedente que posteriormente quedó incorporado en el Estatuto de Roma de 1998, instrumento fundacional de la Corte Penal Internacional.

Odio también impulsó la inclusión de un mandato de género en la Corte Penal Internacional, una innovación que obliga a valorar los casos considerando las formas específicas en que la violencia afecta a mujeres y hombres en contextos de conflicto armado.

La exjueza ha advertido de que la violencia sexual no desapareció con el desarrollo del derecho internacional. Por el contrario, sostiene que se ha convertido en una de las expresiones más visibles de los conflictos armados contemporáneos. En sus palabras, “el empleo de la violencia sexual contra la población civil, sin distinción de sexo o edad, se ha generalizado como arma de guerra”.

Su análisis también plantea que estos crímenes no pueden entenderse únicamente como ataques contra individuos. La violencia sexual busca destruir vínculos familiares, fracturar comunidades y generar efectos duraderos que se extienden mucho más allá de las víctimas directas.

A pesar de los avances normativos alcanzados en las últimas décadas, las organizaciones de derechos humanos y los organismos internacionales continúan alertando sobre las dificultades para investigar estos delitos, garantizar la protección de las víctimas y llevar a los responsables ante la justicia.

La conmemoración del 19 de junio recuerda que la violencia sexual en los conflictos armados no constituye un daño colateral de la guerra. Se trata de una práctica utilizada de forma sistemática en numerosos escenarios de violencia y cuya erradicación exige fortalecer los mecanismos de prevención, protección, investigación y sanción.

Referencias

Intersindical Región Murciana. (2026, 16 de junio). Día Internacional para la Eliminación de la Violencia Sexual en los Conflictos. Organización de Mujeres de la Intersindical Región Murciana. https://intersindicalrm.org/om/dia-internacional-para-la-eliminacion-de-la-violencia-sexual-en-los-conflictos-2/

O’Neal Coto, K. (2013, 2 de abril). Elizabeth Odio: la violencia sexual como arma de guerra. Universidad de Costa Rica. https://www.ucr.ac.cr/noticias/2013/4/02/elizabeth-odio-la-violencia-sexual-como-arma-de-guerra.html

Monge Núñez, G. (2014). Elizabeth Odio Benito y Costa Rica son precursoras de la Corte Penal Internacional. Revista IIDH, 59, 151-171.